RESOLUCIÓN DE LA VICERRECTORA DE POSGRADO Y FORMACIÓN PERMANENTE DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A DOCTORANDOS DE LA ESCUELA DE DOCTORADO DE HUMANIDADES, CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS PARA LA INVESTIGACIÓN DOCTORAL EN EL CURSO 2023-2024
El plan de ayudas de la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas (EDHCSJ) persigue contribuir al desarrollo de las capacidades de investigación de los doctorandos mediante el fomento de actividades de excelencia investigadora.
El plan de ayudas de la EDHCSJ está destinado a financiar aquellas actividades formativas que persiguen divulgar los resultados de la investigación doctoral. La divulgación científica habrá de realizarse a través de la presentación de trabajos en congresos y reuniones científicas relevantes.
El programa de ayudas a la investigación doctoral se convoca en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de subvención.
Estas ayudas son un complemento a otras fuentes de financiación (del propio investigador, o con cargo a proyectos/grupos de investigación). Por consiguiente, este programa tiene carácter subsidiario respecto de otras convocatorias análogas de las que puedan ser beneficiarios los alumnos matriculados en el doctorado.
Esta convocatoria se encuentra incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de Granada para el año 2024, en la línea de subvención PES-2024-032. Su texto íntegro será publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada (BOUGR).
2.1.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes miembros:
• Director de la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas
• Coordinador del Programa de Doctorado en Historia y Artes
• Coordinador del Programa de Doctorado en Filosofía
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Lenguas, Textos y Contextos
• Coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias Económicas y Empresariales
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciencias Sociales
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Estudios Migratorios
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ingeniería Civil
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Criminología
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciencias de la Educación
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Estudio de las Mujeres, Discursos y Prácticas de Género
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Artes y Educación
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciudad, Territorio y Planificación Sostenible
• Jefe de Servicio de los Estudios de Doctorado
2.2.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
2.2.1. Lugar y plazo de presentación
Las solicitudes de ayudas se presentarán en la Sede Electrónica de la Universidad de Granada, https://sede.ugr.es/ dirigidas a la Escuela Internacional de Posgrado mediante el procedimiento específico “Doctorado: Solicitud de ayudas”, cumplimentando el formulario indicado en dicho procedimiento y aportando la documentación necesaria para acreditar los requisitos.
El plazo de presentación de las solicitudes estará comprendido entre el día siguiente de la publicación de un extracto de la presente convocatoria, en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada (BOUGR) y el día 1 de octubre de 2024 .
La actividad objeto de esta ayuda, deberá realizarse entre el 01/10/2023 y el 29/09/2024.
2.2.2. Órganos competentes
El Órgano Instructor estará compuesto por la Directora de la Escuela Internacional de Posgrado (EIP) y el Jefe de Servicio de los Estudios de Doctorado, que podrá disponer que se efectúen las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de los datos aportados por las/los aspirantes. Igualmente, podrá recabar cuantos informes, datos o aclaraciones considere oportunos para resolver las solicitudes
El órgano competente para la resolución el procedimiento es la Vicerrectora de Posgrado y Formación Permanente de la Universidad de Granada por delegación de competencias del Rector (Resolución de 28 de julio de 2023, BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023).
2.2.3. Fases de evaluación y resolución provisional
Primera fase: La Comisión de Evaluación, evaluará las solicitudes de ayudas para las actividades realizadas y justificadas entre el 01/10/2023 y el 15/06/2024.
Terminada la valoración, la EIP elaborará un listado provisional de personas seleccionadas, en función de la puntuación obtenida. Dicho listado será publicado en la web de la EIP https://escuelaposgrado.ugr.es/, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, contados desde el día siguiente a la publicación.
Segunda fase: La Comisión de Evaluación evaluará las solicitudes de ayudas para las actividades realizadas y justificadas entre el 01/10/2023 y el 29/09/2024.
Terminada la valoración, la EIP elaborará un listado provisional de personas seleccionadas, en función de la puntuación obtenida. Dicho listado será publicado en la web de la EIP, https://escuelaposgrado.ugr.es/, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, contados desde el día siguiente a la publicación.
2.2.4. Resolución definitiva
Terminado el periodo de alegaciones de cada una de las fases de evaluación y tras la revisión de las mismas, el Órgano Instructor, a la vista del expediente y del informe del Órgano Colegiado, formulará la propuesta de resolución definitiva debidamente motivada, que elevará para su firma a la Vicerrectora de Posgrado y Formación Permanente. Esta resolución indicará el importe de la ayuda concedida.
Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa, los/as doctorandos podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector Magnífico, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva de adjudicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).
3.1.- REQUISITOS
Esta convocatoria se dirige a Doctorandos matriculados en cualquiera de los programas de la EDHCSJ, excepto los matriculados por primera vez en el presente curso académico 2023-2024 y se requiere:
3.1.1 Estar matriculado en un Programa de la EDHCSJ en el periodo de justificación de la actividad objeto de la subvención y haber defendido el plan de investigación con una valoración favorable.
3.1.2 Tener asignada como actividad formativa la asistencia a congresos en el Documento de Actividades del doctorando.
3.1.3 Presentar una comunicación científica como primer autor en relación con la temática del plan de investigación doctoral.
3.1.4 Asistir al congreso (los congresos pueden ser presenciales y no presenciales.
3.1.5 Indicar como afiliación la pertenencia a la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas.
3.1.6 No podrán ser beneficiarias las personas solicitantes en las que concurra cualquiera de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estos requisitos deberán mantenerse durante el período de tiempo inherente al reconocimiento del derecho de cobro de la ayuda, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al órgano instructor.
3.1.7 No haber disfrutado de esta ayuda con anterioridad.
Cada alumno/a sólo podrá presentar una solicitud de ayuda.
El cumplimiento de los requisitos, se acredita mediante la presentación de la siguiente documentación:
3.1.8 Solicitud (Formulario contenido en el procedimiento específico de la Sede Electrónica de la UGR).
3.1.9 Certificado de asistencia al congreso o reunión científica.
3.1.10 Certificado de aceptación de ponencia al congreso o reunión científica.
3.1.11 Copia del trabajo presentado donde conste el título y los autores.
3.1.12 Copia del Curriculum Vitae del solicitante.
3.2.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Se atenderá a los siguientes criterios:
3.2.1 Relevancia de la reunión, según los siguientes parámetros:3.2.1.1 Carácter nacional o internacional del evento.
3.2.1.2 Trayectoria de la sociedad científica organizadora del congreso (número de congresos realizados, con periodicidad regular y sede variable).
3.2.1.3 Indicación explícita en la convocatoria del evento del sistema selectivo de comunicaciones por comité de expertos.3.2.2 Tipo de aportación científica, se priorizarán las comunicaciones orales:
3.2.2.1 Comunicaciones.
3.2.2.2 Pósteres.3.2.3 Número de autores y posición*. *Para las áreas científicas FFI (Filosofía y Filología), HIST (Historia), DER (Derecho) se considerará relevante la autoría única de los trabajos. Para el resto de áreas científicas se considerará relevante que en los trabajos de autoría múltiple el doctorando ocupe la primera posición.
3.2.4 CV del solicitante
3.3.- BAREMO
3.3.1 Relevancia de la reunión científica: 50%3.3.1.1 Carácter• Internacional: 2 puntos.
• Nacional: 1 punto.
3.3.1.2 Trayectoria de la sociedad:• Cinco o más congresos previos: 2 puntos.
• Menos de cinco congresos previos: 1 punto.
3.3.1.3 Justificación razonada de la relevancia del evento: 1 punto.
3.3.2 Número de autores y posición: 50%3.3.2.1 Áreas de Humanidades (FFI: Filosofía y Filología; Hist.: Historia) y Ciencias Jurídicas (Der: Derecho).• Autoría única: hasta 5 puntos.
• Autoría doble en la que el doctorando ocupa la primera posición: 4 puntos.
• Otros: 3 puntos.3.3.2.2. Áreas de Ciencias Sociales:
• Autoría única o doble en la que el doctorando ocupa la primera posición: 5 puntos.
• Autoría triple la que el doctorando ocupa la primera posición: 4 puntos.
• Otros: 3 puntos
.
La cuantía de las ayudas será:
• Hasta 250 € para congresos o reuniones celebrados online y para presenciales en la Península, Ceuta, Melilla, Baleares y Canarias.
• Hasta 500 € para congresos celebrados en otras localizaciones.
El máximo de gasto previsto de la presente convocatoria asciende a 12.762 euros, estando previsto el crédito en el subconcepto económico 480.01 del Programa 422D de la orgánica 30.45.01.03.00, Capítulo IV del presupuesto de Gastos de la Universidad de Granada en el ejercicio económico 2024.
De este presupuesto, 6.381 euros se destinarán a la primera fase y otros 6.381 euros se destinarán a la segunda, teniendo en cuenta que, si no se consumiera todo el presupuesto en la primera fase, el sobrante, se pasará a incrementar el presupuesto dispuesto para la segunda.
Una vez concedida la ayuda ésta será comunicada a los interesados debiéndose justificar la actividad presentando:
• Certificado de asistencia al congreso.
• Copia de la comunicación presentada en el congreso.
• Facturas originales, y a nombre del interesado, correspondientes a los gastos del congreso.
No se abonará ninguna ayuda para la que no se presente toda la documentación requerida una vez finalizado el congreso o reunión.
Para hacer efectivo el ingreso de la ayuda, es imprescindible comunicar el número de cuenta corriente, a través del procedimiento Modificación/Alta de la cuenta bancaria de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada, presentada por el/la interesado/a, disponible en el siguiente enlace:
https://sede.ugr.es/procs/Modificacion-alta-de-cuenta-bancaria/
(en calidad de “estudiante de Posgrado o exestudiante de Posgrado”; el motivo ” Alta de cuenta para ingreso de Becas/Ayudas de la Escuela Internacional de Posgrado” y el destino ” Servicio de Contabilidad y Presupuesto”).
Se realizará mediante transferencia bancaria, con la retención fiscal que legalmente corresponda.
No podrán concurrir a esta convocatoria los doctorandos que hayan obtenido beca de investigación predoctoral (becas FPU, FPI, etc.).
Los datos personales que se aporten en la solicitud de participación en la presente convocatoria serán empleados únicamente con la finalidad de tramitar la solicitud, valorarla y verificar el cumplimiento de los requisitos para participar en la convocatoria a efectos de resolución, notificación, publicación y gestión de la ayuda.
La Universidad de Granada se encuentra legitimada para tratar los datos personales de los interesados por ser necesario para el cumplimiento de una acción realizada por el interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad (Art. 6.1.e del Reglamento General de Protección de Datos).
La falta de aportación de los datos mencionados y de la documentación acreditativa solicitada supondrá la imposibilidad de participar en la presente convocatoria. Los interesados podrán solicitar el acceso, oposición, rectificación, supresión o limitación del tratamiento de sus datos, tal y como se explica en la información adicional sobre protección de datos:
Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Sr. Rector, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOUGR, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de un extracto de la convocatoria en el BOUGR, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).
RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2024 mediante la que el comité de dirección de la Escuela de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas resuelve de forma PROVISIONAL la primera fase de la convocatoria de ayudas que dentro del programa de apoyo a la investigación pretende favorecer la participación en Congresos como actividad esencial para los alumnos de la Escuela.
Los solicitantes que lo estimen oportuno tienen de plazo para las posibles alegaciones de 10 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. Para ello deberán enviar un email a --LOGIN--4594c5a714c7b6e7c6dc3234da669161ugr[dot]es indicando en el asunto: “Alegaciones a Ayudas a la INVESTIGACIÓN DOCTORAL [EDHCSJ] 2023/24_Fase I”
RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2024 por la que la Vicerrectora de Posgrado y Formación Permanente resuelve la 1ª Fase de la Convocatoria de Ayudas para Asistencia a Congresos Nacionales e Internacionales de la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas en el curso 2023/24.
ACUERDO de 16 de OCTUBRE de 2024 mediante la que el comité de dirección de la Escuela de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas resuelve de forma PROVISIONAL la segunda fase de la convocatoria de ayudas que dentro del programa de apoyo a la investigación pretende favorecer la participación en Congresos como actividad esencial para los alumnos de la Escuela.
Los solicitantes que lo estimen oportuno tienen de plazo para las posibles alegaciones de 10 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. Para ello deberán enviar un email a --LOGIN--4594c5a714c7b6e7c6dc3234da669161ugr[dot]es indicando en el asunto: “Alegaciones a Ayudas a la INVESTIGACIÓN DOCTORAL [EDHCSJ] 2023/24_Fase II”
RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2024 por la que la Vicerrectora de Posgrado y Formación Permanente resuelve la 2ª Fase de la Convocatoria de Ayudas para Asistencia a Congresos Nacionales e Internacionales de la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas en el curso 2023/24.
RESOLUCIÓN DE LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A DOCTORANDOS DE LA ESCUELA DE DOCTORADO DE HUMANIDADES, CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS PARA LA INVESTIGACIÓN DOCTORAL EN EL CURSO 2022-2023
El plan de ayudas de la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas (EDHCSJ) persigue contribuir al desarrollo de las capacidades de investigación de los doctorandos mediante el fomento de actividades de excelencia investigadora.
El plan de ayudas de la EDHCSJ prevé dos líneas de actuación, destinadas a financiar aquellas actividades formativas que persiguen divulgar los resultados de la investigación doctoral. La divulgación científica habrá de realizarse en estos dos tipos de actividades:
I. Presentación de trabajos en congreso y reuniones científicas relevantes.
II. Publicación de trabajos en revistas o editoriales de reconocida valía, que requieran el empleo de lenguas extranjeras, según los criterios establecidos por la comisión académica de cada doctorado a efectos del depósito de la tesis doctoral.
El programa de ayudas a la investigación doctoral se convoca en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de subvención.
Estas ayudas son un complemento a otras fuentes de financiación (del propio investigador, o con cargo a proyectos/grupos de investigación). Por consiguiente, este programa tiene carácter subsidiario respecto de otras convocatorias análogas de las que puedan ser beneficiarios los alumnos matriculados en el doctorado.
Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes miembros:
• Director de la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas
• Coordinador del Programa de Doctorado en Historia y Artes
• Coordinador del Programa de Doctorado en Filosofía
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Lenguas, Textos y Contextos
• Coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias Económicas y Empresariales
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciencias Sociales
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Estudios Migratorios
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Criminología
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciencias de la Educación
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Estudio de las Mujeres, Discursos y Prácticas de Género
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Artes y Educación
• Coordinadora del Programa de Doctorado en Ciudad, Territorio y Planificación Sostenible
• Jefe de Servicio de los Estudios de Doctorado
Las solicitudes de ayudas se presentarán en la Sede Electrónica de la Universidad de Granada, https://sede.ugr.es/ dirigidas a la Escuela Internacional de Posgrado mediante el procedimiento específico ”Doctorado: Solicitud de ayudas”, cumplimentando el formulario indicado en dicho procedimiento y aportando la documentación necesaria para acreditar los requisitos.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Granada (BOUGR).
La fecha de celebración de la actividad objeto de la ayuda estará comprendida entre el 01/04/2022 y el 30/09/2023.
El Órgano Instructor estará compuesto por la Directora de la Escuela Internacional de Posgrado (EIP) y el Jefe de Servicio de los Estudios de Doctorado, que podrá disponer que se efectúen las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de los datos aportados por las/los aspirantes. Igualmente, podrá recabar cuantos informes, datos o aclaraciones considere oportunos para resolver las solicitudes.
El órgano competente para la resolución el procedimiento es la Rectora Magnífica de la Universidad de Granada. El Vicerrector de Docencia, por delegación de firma de la Rectora de 9 de febrero de 2023, dictará resolución de las ayudas concedidas.
Primera fase: La Comisión de Evaluación, evaluará las solicitudes de ayudas para las actividades realizadas y justificadas entre el 1 de abril de 2022 y el 28 de febrero de 2023.
Terminada la valoración, la EIP elaborará un listado provisional de personas seleccionadas y suplentes, en función de la puntuación obtenida. Dicho listado será publicado en la web de la EIP https://escuelaposgrado.ugr.es/, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, contados desde el día siguiente a la publicación.
Segunda fase: La Comisión de Evaluación evaluará las solicitudes de ayudas para las actividades realizadas y justificadas entre el 1 de marzo de 2023 y el 30 de septiembre de 2023.
Terminada la valoración, la EIP elaborará un listado provisional de personas seleccionadas y suplentes, en función de la puntuación obtenida. Dicho listado será publicado en la web de la EIP, https://escuelaposgrado.ugr.es/, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, contados desde el día siguiente a la publicación.
Terminado el periodo de alegaciones de cada una de las fases de evaluación y tras la revisión de las mismas, el Órgano Instructor, a la vista del expediente y del informe del Órgano Colegiado, formulará la propuesta de resolución definitiva debidamente motivada, que elevará para su firma al Vicerrector de Docencia. Esta resolución indicará el importe de la ayuda concedida.
Los/as doctorandos podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Rectora Magnífica, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva de adjudicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).
Estas ayudas van orientadas a sufragar parte de los gastos (inscripción, desplazamiento) que ocasione la participación en un congreso o reunión científica, donde el doctorando haya presentado un trabajo derivado de su investigación doctoral.
La fecha de celebración de la actividad objeto de la subvención para el que se solicita la ayuda estará comprendida entre el 1/10/2022 y el 30/09/2023.
FIN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 10 DE SEPTIEMBRE 2023. La documentación justificativa de asistencia a congresos celebrados entre esa fecha y el 30 de septiembre podrá presentarse con posterioridad, pero la solicitud de la ayuda deberá estar presentada como máximo en la citada fecha.
Esta convocatoria se dirige a Doctorandos matriculados en cualquiera de los programas de la EDHCSJ, excepto los matriculados por primera vez en el presente curso académico 2022-2023 y se requiere:
1. Estar matriculado en un Programa de la EDHCSJ en el periodo de justificación de la actividad objeto de la subvención y haber defendido el plan de investigación con una valoración favorable.
2. Tener asignada como actividad formativa la asistencia a congresos en el Documento de Actividades del doctorando
3. Presentar una comunicación científica como primer autor en relación con la temática del plan de investigación doctoral.
4. Asistir al congreso (los congresos pueden ser presenciales y no presenciales
5. Indicar como afiliación la pertenencia a la Escuela de Doctorado de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas.
Cada alumno/a sólo podrá presentar una solicitud de ayuda.
El cumplimiento de los requisitos, se acredita mediante la presentación de la siguiente documentación:
• Solicitud (Formulario contenido en el procedimiento específico de la Sede Electrónica de la UGR)
• Certificado de asistencia al congreso o reunión científica
• Certificado de aceptación de ponencia al congreso o reunión científica.
• Copia del trabajo presentado donde conste el título y los autores.
• Copia del Curriculum Vitae del solicitante.
Se atenderá a los siguientes criterios:
1. Relevancia de la reunión, según los siguientes parámetros:
1.1. Carácter nacional o internacional del evento.
1.2. Trayectoria de la sociedad científica organizadora del congreso (número de congresos realizados, con periodicidad regular y sede variable)
1.3. Indicación explícita en la convocatoria del evento del sistema selectivo de comunicaciones por comité de expertos.
2. Tipo de aportación científica, se priorizarán las comunicaciones orales:
2.1. Comunicaciones.
2.2. Pósteres.
2.3. Número de autores y posición*.
*Para las áreas científicas FFI (Filosofía y Filología), HIST (Historia), DER (Derecho) se considerará relevante la autoría única de los trabajos. Para el resto de áreas científicas se considerará relevante que en los trabajos de autoría múltiple el doctorando ocupe la primera posición.
2.4. CV del solicitante
1. Relevancia de la reunión: 50%
1.1. Carácter
• Internacional: 2 puntos.
• Nacional: 1 punto.
1.2. Trayectoria de la sociedad:
• Cinco o más congresos previos: 2 puntos.
• Menos de cinco congresos previos: 1 punto.
1.3. Justificación razonada de la relevancia del evento: 1 punto.
2. Número de autores y posición: 50%
2.1. Áreas de Humanidades (FFI: Filosofía y Filología; Hist.: Historia) y Ciencias Jurídicas (Der: Derecho).
• Autoría única: 5 puntos.
• Autoría doble en la que el doctorando ocupa la primera posición: 4 puntos.
• Otros: 3 puntos.
2.2. Áreas de Ciencias Sociales:
• Autoría única o doble en la que el doctorando ocupa la primera posición: 5 puntos.
• Autoría triple la que el doctorando ocupa la primera posición: 4 puntos.
• Otros: 3 puntos.
La cuantía de las ayudas será:
• Hasta 200€ para congresos o reuniones celebrados online y para presenciales en la Península, Ceuta, Melilla, Baleares y Canarias.
• Hasta 400€ para congresos celebrados en otras localizaciones.
Una vez concedida la ayuda ésta será comunicada a los interesados debiéndose justificar la actividad presentando:
• Certificado de asistencia al congreso.
• Copia de la comunicación presentada en el congreso.
• Facturas originales, y a nombre del interesado, correspondientes a los gastos del congreso.
No se abonará ninguna ayuda para la que no se presente toda la documentación requerida una vez finalizado el congreso o reunión.
El pago de la ayuda se realizará mediante transferencia en la cuenta bancaria facilitada por el beneficiario en la que debe ser titular y con la retención fiscal que legalmente corresponda.
No podrán concurrir a esta convocatoria los doctorandos que hayan obtenido beca de investigación predoctoral (becas FPU, FPI, etc.).
Contra la Resolución definitiva de las ayudas podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Sra. Rectora Magnífica, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (BOE de 14 de julio).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta información se corresponde con el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/690885
RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2023 mediante la que el comité de dirección de la Escuela de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas resuelve de forma PROVISIONAL la primera fase de la convocatoria de ayudas que dentro del programa de apoyo a la investigación pretende favorecer la participación en Congresos como actividad esencial para los alumnos de la Escuela.
Los solicitantes que lo estimen oportuno tienen de plazo para las posibles alegaciones de 10 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. Para ello deberán enviar un email a --LOGIN--4594c5a714c7b6e7c6dc3234da669161ugr[dot]es indicando en el asunto: “Alegaciones a Ayudas a la INVESTIGACIÓN DOCTORAL [EDHCSJ] 2022/23_Fase I”
RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2023 mediante la que se resuelve de forma DEFINITIVA la primera fase de la convocatoria de ayudas que dentro del programa de apoyo a la investigación pretende favorecer la participación en Congresos como actividad esencial para los alumnos de la Escuela.
RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2023 mediante la que el Comité de Dirección de la Escuela de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas resuelve de forma PROVISIONAL la segunda fase de la convocatoria de ayudas que dentro del programa de apoyo a la investigación pretende favorecer la participación en Congresos como actividad esencial para los alumnos de la Escuela.
Los solicitantes que lo estimen oportuno tienen de plazo para las posibles alegaciones 10 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. Para ello deberán enviar un email a --LOGIN--4594c5a714c7b6e7c6dc3234da669161ugr[dot]es indicando en el asunto: “Alegaciones a Ayudas a la INVESTIGACIÓN DOCTORAL [EDHCSJ] 2022/23_Fase II”
RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2023 mediante la que se resuelve de forma DEFINITIVA la segunda fase de la convocatoria de ayudas que dentro del programa de apoyo a la investigación pretende favorecer la participación en Congresos como actividad esencial para los alumnos de la Escuela.
Estas ayudas van destinadas a sufragar parte de los gastos de traducción/edición de los trabajos en lenguas extranjeras derivados de la tesis doctoral, remitidos para su publicación a editoriales de reconocida valía, según los criterios establecidos por la comisión académica de cada doctorado a efectos del depósito de la tesis doctoral.
La tipología de los trabajos será preferentemente la de artículo en revista científica. También podrá considerarse la tipología de capítulo de libro en aquellos programas de doctorado que acepten trabajos de esta índole, a efectos de depósito de la tesis doctoral.
1. Estar matriculado en un Programa de la EDHCSJ y haber defendido el plan de investigación con una valoración favorable.
2. Tener aceptado un artículo para su publicación en editoriales de reconocida valía.
El cumplimiento de los requisitos se acredita con la presentación de la documentación que debe acompañar la solicitud.
Se atenderá a los siguientes criterios:
1. Impacto de la revista en el área científico-técnica del artículo. Para los capítulos de libro se atenderá al impacto de la editorial en el área científico-técnica del trabajo. Con carácter general, la valoración del impacto de la revista se realizará de acuerdo con los criterios establecidos por la EDHCSJ sobre la calidad que, en el proceso de depósito de tesis, debe reunir la publicación derivada del trabajo doctoral. Los criterios establecidos por las comisiones académicas de los distintos programas de doctorado, de acuerdo con las directrices de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), para la evaluación de la actividad investigadora, pueden consultarse en la página web de cada programa.
2. Número de autores y posición*.
*Para las áreas científicas FFI (Filosofía y Filología), HIST (Historia), DER (Derecho) se considerará relevante la autoría única de los trabajos.
*Para el resto de áreas científicas se considerará relevante que en los trabajos de autoría múltiple el doctorando ocupe la primera posición.
1. Índice de impacto de la revista o editorial: 50%• Impacto alto (primer tercil): 5 puntos.
• Impacto medio (segundo tercil): 3 puntos.
• Impacto bajo (tercer tercil); 1 punto.
2. Número de autores y posición: 50%
2.1. Áreas de Humanidades (FFI: Filosofía y Filología; Hist: Historia) y Ciencias Jurídicas (Der: Derecho):• Autoría única: 5 puntos
• Autoría doble en la que el doctorando ocupa la primera posición: 4 puntos.
• Otros: 3 puntos.
2.2. Áreas de Ciencias Sociales:• Autoría única o doble en la que el doctorando ocupa la primera posición: 5 puntos.
• Autoría triple la que el doctorando ocupa la primera posición: 4 puntos.
• Otros: 3 puntos.
La cuantía de las ayudas será de hasta 300 euros por artículo.
Tendrán prioridad aquellos artículos cuya finalidad sea cumplir con el requisito necesario para el depósito de la tesis doctoral.
Una vez concedida la ayuda ésta será comunicada a los interesados con indicación de la documentación que deberán aportar, en su caso. Entre la documentación deberá figurar la factura correspondiente emitida a nombre del doctorando.
El pago de la ayuda se realizará mediante transferencia en la cuenta bancaria facilitada por el beneficiario en la que debe ser titular y con la retención fiscal que legalmente corresponda.
No podrán concurrir a esta convocatoria los doctorandos que hayan obtenido beca de investigación predoctoral (becas FPU, FPI, etc.).
Contra la Resolución definitiva de las ayudas podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Sra. Rectora Magnífica, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (BOE de 14 de julio).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta información se corresponde con el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/690885