Guía sobre depósito y defensa de la tesis doctoral en la Universidad de Granada

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Guía sobre depósito y defensa de la tesis doctoral en la Universidad de Granada

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Iniciar el proceso de depósito de la tesis doctoral

Los/las doctorandos/as matriculados/as en programas de doctorado podrán presentar la tesis doctoral una vez que hayan transcurrido dos años desde su acceso al Programa de Doctorado. No obstante, se podrá solicitar de forma motivada la exención de dicho plazo a la Escuela de Doctorado correspondiente con el visto bueno del/de la director/a de tesis, tutor/a y coordinación del programa siempre que haya defendido su plan de investigación y realizado las actividades establecidas. Dicha solicitud se presentará en SOLICITUDES del portal de seguimiento (tipo de solicitud: EXE).

IMPORTANTE.

El mes de agosto no es lectivo, a efectos de cómputo de plazos relacionados con el depósito de la tesis doctoral, tal y como se establece en el artículo 23.6 del Texto consolidado de las Normas Reguladoras de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada.

El cómputo de los plazos relacionados con el depósito de la tesis no comenzará hasta que la documentación, que se presentará a través de la aplicación DEPOSITO DE TESIS, tenga el visto bueno administrativo de la EIP y los vistos buenos del Tutor y del Director de tesis.

Guía informativa del procedimiento a seguir para el correcto depósito de la tesis doctoral e inicio del procedimiento que finalizará con su defensa.

El depósito de tesis se realizará en la pestaña (aplicación) “DEPÓSITO DE TESIS” que encontrará en el “Portal de Seguimiento Académico del doctorando” entrando con sus credenciales por “acceso identificado” en la WEB de la UGR.

1. Requisitos para iniciar el proceso de depósito de tesis doctoral:

1. Que hayan transcurrido dos años desde la primera matrícula de doctorado o desde la superación de los complementos formativos establecidos en la admisión.

2. El estudiante debe estar matriculado/a en el curso académico actual y efectuado el pago de los precios públicos correspondientes. El curso académico, a efectos de doctorado, comienza el 1 de octubre de cada año.

3. Que no se haya superado el periodo de permanencia del estudiante. IMPORTANTE: Se puede depositar la tesis doctoral el último día del periodo de permanencia, que es la fecha límite para realizar dicho depósito. La defensa de la tesis doctoral, se puede realizar en los tres meses siguientes a la autorización de la defensa.

*NOTA:* Se puede consultar las fecha de la permanencia en la primera pestaña del PORTAL DE SEGUIMIENTO.

4. Las actividades formativas (pestaña DAD) deben ser cerradas por el tutor y posteriormente por la coordinación del programa. Esto será posible si las actividades formativas obligatorias están validadas por el tutor.

5. En el expediente del estudiante se incluye:

a. El programa de doctorado en el que está matriculado.
b. El plan de investigación aprobado.
c. El título de la tesis doctoral.
d. El director o directores de tesis.
e. Documento de actividades (DAD): El tutor debe validar las actividades pendientes y CERRAR las actividades (ver imagen siguiente). Asimismo, el coordinador del programa de doctorado debe VERIFICAR Y VALIDAR que el documento de actividades está completo.

CerrarActividades

6. El estudiante ha creado la ficha en la base de datos TESEO con el mismo DNI/Pasaporte, nombre, apellidos y título de la tesis que aparecen en su expediente. El cumplimiento de este punto se comprobará a la vez que se hace la revisión administrativa de la documentación de depósito y será requisito necesario para el envío de la tesis a la valoración por la Comisión Académica.

Se pueden consultar estos datos a través del Portal de Seguimiento Académico de Doctorandos, en el Acceso Identificado de alumnos de la Universidad de Granada. Si se observa algún error deberá comunicarse urgentemente a la Escuela Internacional de Posgrado a través del correo electrónico: doctoradolecturatesis@ugr.es

A los efectos del cómputo de plazos de las actuaciones relativas al depósito y exposición pública, no se tendrán en cuenta los periodos no lectivos del calendario académico.

2. Documentación que debe subir el estudiante para la aprobación por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

A efectos de la autorización, por el Tutor y por el Director de tesis, para realizar el depósito de la tesis doctoral, y de la aprobación de la documentación del depósito por la Comisión Académica del programa de doctorado, el estudiante debe subir en la aplicación “Depósito de Tesis” los documentos siguientes (en formato PDF):

1. Ejemplar de la Tesis. (Tamaño máximo 100 MB).

IMPORTANTE: LA TESIS QUE SUBA EN LA APLICACIÓN AL REALIZAR EL DEPÓSITO SERÁ LA VERSIÓN DEFINITIVA QUE SE PUBLIQUE FINALMENTE EN DIGIBUG

2. Compromiso de respeto de los derechos de autor según modelo descrito en la página web de la Escuela Internacional de Posgrado:
https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/impresos/tesis.
3. Propuesta de tribunal de tesis e informe de idoneidad de cada uno de los miembros propuestos. Véase el apartado 4.2.
4. Al menos una publicación original de la que sea autor el doctorando y que incluya parte de los resultados de las tesis. En caso de estar aceptado y no publicado, adjuntar carta del editor justificativa donde aparezca el título y los autores del trabajo. En cualquier caso, se deben incluir indicios de calidad1 de dicha publicación2.
5. Resumen de la tesis para su inclusión en la base de datos de tesis doctorales (TESEO). Véase el apartado 4.1 de este documento para conocer los detalles a tener en cuenta en su elaboración.
6. Currículum vitae del doctorando.
7. Aceptación por escrito de los coautores de los trabajos, si los hubiere, para su presentación como parte de la tesis doctoral y renuncia de los coautores que no sean doctores a presentar los mismos trabajos como parte de otra u otras tesis doctorales. Para ello utilizará el modelo de impreso: https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/impresos/tesis/_doc/modelorenunciapublicacion


Si la tesis se presenta como una AGRUPACIÓN DE PUBLICACIONES debe aportar adicionalmente:

1. Indicios de calidad de cada una de las publicaciones incluidas en el documento de tesis. Importante: en esta modalidad de tesis no es necesario aportar el documento número 4 anterior (publicación), aunque si es importante mostrar los indicios de calidad de cada una de las publicaciones en el documento de tesis.
2. Informe del director de la Tesis respecto a la idoneidad de la presentación de la Tesis bajo esta modalidad (breve escrito del director en el que autoriza la presentación de la Tesis bajo la modalidad de Agrupación de Publicaciones).
3. Al igual que en el punto 7 anterior, debe aportar aceptación por escrito de los coautores de los trabajos para su presentación como parte de la tesis doctoral y renuncia de los coautores que no sean doctores a presentar los mismos trabajos como parte de otra u otras tesis doctorales. Para ello utilizará el modelo de impreso: https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/impresos/tesis/_doc/modelorenunciapublicacion

Para su inclusión en la tesis, NO DEBE UTILIZAR EL PDF GENERADO POR LA REVISTA dado que podría resultar en violación de derechos de copyright. En su lugar debe utilizar el manuscrito enviado a la revista (puede distribuir las figuras y tablas a lo largo del texto) aportando en la cabecera los datos de la publicación (revista, volumen, páginas, etc) y dirección URL (a ser posible, URL del DOI).


Si se aspira a la mención de DOCTOR INTERNACIONAL debe aportar adicionalmente:

1. Solicitud de mención de Doctor Internacional.
2. Acreditación de la estancia internacional.
3. Informes de dos expertos doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española, según modelo disponible en la página web de la Escuela Internacional de Posgrado.
4. Los expertos deberán cumplir los mismos requisitos que se exigen a los miembros del tribunal, por lo que se debe aportar el informe de idoneidad de cada uno de ellos.

Toda la información sobre la mención de DOCTOR INTERNACIONAL y los documentos que necesita completar los puede consultar en la dirección: https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/estudiantes/tesis/mencion


Si va a presentar la tesis en régimen de COTUTELA entre dos universidades:

Recuerde que en los casos de tesis realizadas en régimen de COTUTELA en los que el acto de defensa vaya a realizarse en la universidad extranjera, los doctorandos tienen que estar matriculados también en la Universidad de Granada y cumplir todos los plazos y trámites previos al acto de defensa previstos en la normativa de la Universidad de Granada.

Más información sobre la tesis en COTUTELA puede consultarse en:

https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/estudiantes/tesis/cotutela

1 Consulte los indicios de calidad requeridos en la web del Programa de Doctorado.



2 La publicación debe incluirse como documento adicional y no incorporarse al ejemplar de la tesis.

3. Compruebe y conozca los plazos y trámites del procedimiento.

Se requiere de los siguientes trámites antes de su aprobación definitiva:

1. Servicio de Doctorado: Comprobará la información sobre la tesis y su coincidencia con la contenida en el expediente del doctorando/a. En el caso de que se observe alguna deficiencia, el/la doctorando tendrá un plazo de 10 días para subsanarla.
2. Exposición Pública: Una vez cumplidos los requisitos del depósito, se inicia un proceso de exposición pública de 15 días de la tesis doctoral. La Escuela Internacional de Posgrado pondrá a disposición de la comunidad universitaria el documento de tesis en formato electrónico, a través de la página web de la biblioteca de la Universidad de Granada e identificándose como miembro doctor de la Universidad.
Los doctores podrán remitir las observaciones que estimen oportunas sobre el contenido de la tesis a la Escuela Internacional de Posgrado. Caso de no haber observaciones se podrá proceder a la lectura y defensa de la tesis doctoral.
3. Validación por la Comisión Académica del Programa de Doctorado:
a. En caso de detectar alguna deficiencia será devuelta la documentación a la Escuela Internacional de Posgrado para que el doctorando subsane la misma.
b. En caso de contar con el visto bueno de la Comisión Académica se traslada la documentación al Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente.
El calendario de las reuniones de la Comisión Académica del Programa de Doctorado puede consultarse en la página web del programa de doctorado.
4. Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado:
a. En caso de detectar alguna deficiencia será devuelta la documentación a la Escuela Internacional de Posgrado para que el doctorando subsane la misma.
b. En caso de contar con el visto bueno del Comité se notificará la decisión positiva. Las reuniones de los Comités de Dirección de cada una de las Escuelas de Doctorado se pueden consultar en la página web de la Escuela Internacional de Posgrado:
5. Notificación de la decisión: La resolución del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado, en la que se informa de la aprobación del depósito y del tribunal definitivo, será comunicada al doctorando, al director de la tesis, al coordinador del programa de doctorado y al presidente/secretario del tribunal en un plazo de 48 horas desde la reunión del Comité.
6. Comunicación del secretario a la Escuela Internacional de Posgrado: Una vez que se le haya comunicado su nombramiento como secretario del tribunal por parte del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente, éste deberá comunicar a la Escuela Internacional de Posgrado la fecha en que tendrá lugar la defensa de la tesis, con al menos quince días naturales de antelación y siempre en periodo lectivo. Estos quince días se podrán solapar con el periodo de exposición pública, pero en este caso, de haber alegaciones por parte de la comunidad universitaria, la defensa no podrá realizarse en la fecha prevista.
7. Comunicación a la comunidad universitaria: La Escuela Internacional de Posgrado comunicará a la comunidad universitaria, en nombre del/la Secretario/a del Tribunal, la fecha, lugar y hora del acto público de defensa de la Tesis Doctoral, siendo la única comunicación que se realice a la comunidad universitaria.

4. Otra información relevante.

4.1 Base de datos de tesis doctorales (TESEO)

Una vez aprobada la tesis doctoral es necesario completar una documentación sobre la misma en la base de datos de tesis doctorales del Ministerio de Educación y Ciencia:

Una parte esencial de los datos requeridos es un resumen de la tesis que es necesario subir a la aplicación “Depósito de tesis”, en formato PDF, para su revisión. Es muy importante elaborarlo correctamente, los gestores de la base de datos TESEO pueden rechazar un resumen inapropiado y retrasar la tramitación del título de doctor. A continuación se incluyen algunas recomendaciones de los gestores de TESEO:

“El espacio que en la base de datos TESEO aparece como resumen es una presentación de la tesis, en este sentido se espera que esté suficientemente desarrollado para que sea eficaz, por lo que, el resumen debe tener la extensión suficiente para que quede explicado el argumento de la tesis doctoral.

Un criterio que puede servir como pauta orientativa es que el resumen incluya introducción o motivación de la tesis, desarrollo teórico, conclusión, y bibliografía consultada, de esta forma cumpliría la condición de producir una base de datos eficaz y ofrecer en su consulta pública, una exposición ordenada y completa de los datos de la/del doctoranda/o.

La observación de esta forma de proceder por los usuarios de TESEO construirá un sistema de información que, como herramienta de consulta de las tesis creadas en el sistema universitario del estado, producirá una base de datos altamente eficiente y eficaz.”

En definitiva, este resumen debe permitir a un usuario que consulte la ficha TESEO tener una idea clara de la investigación desarrollada en la tesis y los resultados obtenidos. Es conveniente pero no obligatorio que el resumen aparezca en español y en inglés. El resumen entregado debe contar con el visto bueno del director o directores de la tesis recogido en el mismo documento.

Una vez aprobada la tesis será el propio alumno el que complete la información en TESEO e incluya el resumen de sus tesis.

4.2 Propuesta de Tribunal de Tesis

La propuesta de tribunal de tesis será evaluada por la Comisión Académica del Programa de Doctorado. La propuesta debe estar formada por seis u ocho expertos en la materia que estén en posesión del título de doctor. Se adjuntará una memoria sobre la idoneidad de cada uno de ellos (impreso “Informe de Idoneidad”), indicando para el personal docente funcionario el número de sexenios CNEAI y tan solo en el caso en el que el miembro de tribunal no pueda pedir sexenios CNEAI, se debe adjuntar méritos equiparables (véanse directrices en https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/escuelas/caed/_doc/acuerdodirectordetesis2012509).

	

El tribunal que evalúe la tesis doctoral estará formado por tres o cinco miembros, más tres suplentes. La mayoría de los miembros del tribunal serán externos a la Universidad de Granada y no estarán adscritos como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el/la doctorando/a. El Secretario del tribunal deberá ser profesor doctor permanente de la Universidad de Granada.

Tribunal de TRES miembros:

Solicita Mención Internacional:
3 Titulares:
* Secretario: debe ser profesor doctor permanente de la UGR.
* Un miembro externo a la UGR y que no esté adscrito como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el doctorando/a.
* Un/a experto/a perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española.
El Presidente podrá ser cualquiera de los miembros no designados como Secretario.
3 Suplentes: igual composición que en los titulares.
NO Solicita Mención Internacional:
3 Titulares:
* Secretario: debe ser profesor doctor permanente de la UGR.
* Dos miembros externos a la UGR y que no estén adscritos como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el doctorando/a.
El Presidente podrá ser cualquiera de los miembros no designados como Secretario.
3 Suplentes: igual composición que en los titulares.

Tribunal de CINCO miembros:

Solicita Mención Internacional
5 Titulares:
* Secretario: debe ser profesor doctor permanente de la UGR.
* Un miembro de la UGR.
* Dos miembros externos a la UGR y que no estén adscritos como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el doctorando/a.
* Un/a experto/a perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española.
El Presidente podrá ser cualquiera de los miembros no designados como Secretario.
3 Suplentes:
* Un profesor doctor permanente de la UGR.
* Un miembro externo a la UGR y que no esté adscrito como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el doctorando/a.
* Un/a experto/a perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española.
NO Solicita Mención Internacional
5 Titulares:
* Secretario: debe ser profesor doctor permanente de la UGR.
* Un miembro de la UGR.
* Tres miembros externos a la UGR y que no estén adscritos como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el doctorando/a.
El Presidente podrá ser cualquiera de los miembros no designados como Secretario.
3 Suplentes:
* Un profesor doctor permanente de la UGR.
* Dos miembros externos a la UGR y que no estén adscritos como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el doctorando/a, o un miembro de la UGR y otro externo que no esté adscrito como profesorado propio al Programa de Doctorado en el que está matriculado el doctorando/a.

En cualquier caso, y a efectos de dietas, Gerencia financiará a un máximo de tres miembros del tribunal, dentro de los límites establecidos.

Para la conformación del tribunal, deberá tenerse en cuenta el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, de acuerdo con el Art. 53 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En las tesis presentadas en el marco de acuerdos de COTUTELA con universidades extranjeras, la composición del tribunal se atendrá a lo especificado en el acuerdo. Para más información sobre tesis se puede en cotutela consultar el enlace: https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/estudiantes/tesis/cotutela

En el caso de que se solicite la mención de DOCTORADO INTERNACIONAL se debe tener en cuenta que debe formar parte del tribunal que evalúe la tesis doctoral, al menos, un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia y de los firmantes de los informes de expertos externos.

4.3 Normativa aplicable

La normativa aplicable al procedimiento de depósito de tesis doctoral en la Universidad de Granada es, entre otra, la siguiente:

- Modificación de las Normas Reguladoras de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada. (BOUGR nº 75 de 31/10/2013)
- Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. (BOE nº 35 de 10/02/2011)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº 236 de 02/10/2015)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE nº 236 de 02/10/2015)