Para acceder a un programa de doctorado regulado por el  Real Decreto 99/2011 será necesario:
-  Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas. 
-  Estar en posesión de títulos universitarios oficiales españoles o títulos españoles equivalentes siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas enseñanzas y acreditar un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES 3). (Ver a continuación «Casos particulares»). 
 
También podrán acceder a un programa de doctorado quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
-  Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de su homologación, que acredite un nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones siempre que dicho título faculte para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición del mismo. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.  
-  Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado. 
-  Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud. 
 Podrán solicitar la admisión a un programa de doctorado RD 99/2011 aquellos estudiantes que estén en condiciones de obtener el requisito de acceso antes de la finalización del plazo de matrícula en fase única.
En caso de ser admitido no podrá matricularse en el periodo de matrícula establecido para la fase de admisión correspondiente hasta que no se acredite fehacientemente la obtención del título de máster oficial. En caso de no acreditarlo antes de la finalización del periodo de matrícula mencionado, decaerá su admisión.
La admisión quedará condicionada a que queden plazas vacantes en el programa de doctorado de su elección.
 
Además de los requisitos de acceso expuestos anteriormente, la Comisión Académica de cada programa de doctorado puede establecer requisitos específicos de admisión al mismo que podrá incluir la exigencia de complementos de formación específicos. Puede consultarlos en la web de cada programa de doctorado.