Duración de los Estudios de Doctorado antes del 01/10/2024

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Duración de los Estudios de Doctorado antes del 01/10/2024

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Duración de los Estudios de Doctorado

El tiempo máximo de permanencia en los estudios de doctorado, en función de la modalidad de dedicación, será:

  • Dedicación a tiempo completo: tres años.
  • Dedicación a tiempo parcial: cinco años*.

(*) Acceder al apartado DEDICACIÓN A TIEMPO PARCIAL.

Se contará la permanencia desde el momento de la admisión definitiva del doctorando/a en el programa hasta la presentación de la tesis doctoral (inicio del procedimiento de depósito y lectura de la tesis doctoral).

En el cálculo de la duración de los estudios no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo, permisos por maternidad o paternidad, o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente. (Las suspensiones de la permanencia por estos motivos se tendrá que solicitar a través de SOLICITUDES del PORTAL DE SEGUIMIENTO, aportando el documento acreditativo correspondiente.)

Se entiende por admisión definitiva cuando en la resolución correspondiente no se ha establecido la condición de realizar complementos de formación específicos y el estudiante ha formalizado su matrícula en un programa de doctorado.

En el caso de admisión condicionada, el tiempo transcurrido desde la admisión hasta el reconocimiento de la superación de los complementos formativos establecidos no se computará.

De forma general, todos los doctorandos se matriculan por primera vez con dedicación a tiempo completo. Para pasar de tiempo completo a tiempo parcial se tendrá que solicitar y acreditar en cada curso académico, una vez realizada la matrícula de doctorado. La solicitud de cambio de dedicación se realizará a través de SOLICITUDES del PORTAL DE SEGUIMIENTO, aportando sólo el documento justificativo del cambio de dedicación.

  • Duración mínima de los estudios de doctorado

Los/las doctorandos/as matriculados/as en programas de doctorado podrán presentar la tesis doctoral una vez que hayan transcurrido dos años desde su acceso al Programa de Doctorado. No obstante, se podrá solicitar de forma motivada la exención de dicho plazo a la Escuela de Doctorado correspondiente con el visto bueno del/de la director/a de tesis, tutor/a y coordinación del programa siempre que haya defendido su plan de investigación y realizado las actividades establecidas. Dicha solicitud se presentará en SOLICITUDES del portal de seguimiento (tipo de solicitud: EXE).

IMPORTANTE: El cambio de dedicación a tiempo parcial sólo se solicitará cuando se hayan superado los complementos formativos. Para más información, consultar el apartado siguiente.

Dedicación a tiempo parcial en los estudios de doctorado

La Comisión Académica responsable del programa podrá admitir, excepcionalmente, a estudiantes bajo la modalidad de tiempo parcial por causas debidamente justificadas, siempre que el programa hubiera contemplado dicha circunstancia en la memoria de verificación. En este caso, tales estudios podrán tener una duración máxima de cinco años desde la admisión al programa hasta la presentación de la solicitud de depósito de la tesis doctoral. Transcurridos estos cinco años y previa petición del interesado, la Comisión Académica del Programa podrá autorizar la prórroga ordinaria por dos años más y, excepcionalmente, esta prórroga podría ampliarse otro año adicional (prórroga extraordinaria), en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado. La segunda prórroga deberá ser aprobada por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado.

  • Acreditación de la relación laboral

Se tendrá que acreditar la relación laboral mediante el documento oficial correspondiente. En el caso de que el doctorando preste sus servicios en España, se acreditará la relación laboral mediante el informe de vida laboral que podrá obtener del Ministerio correspondiente ( web para solicitar dicho informe ).

  • ¿Cuando presentar la solicitud de cambio de dedicación?

El documento que se presente como justificante de la relación laboral, deberá contener un periodo amplio acreditado correspondiente al curso académico que se pretende estar con la dedicación a tiempo parcial.

Se presentará a partir del mes de mayo del curso académico en el que se aplica la dedicación a tiempo parcial. El documento aportado ya acreditará un periodo de tiempo amplio correspondiente al curso académico. (Si estamos en el curso académico 2022/2023, se presentará a partir del mes de mayo de 2023).

Sólo se podrá solicitar el cambio de una modalidad de dedicación a otra durante los 3 primeros años en el programa. El resto de cursos académicos, ni es necesario ni tendría efecto alguno en el periodo de permanencia en doctorado.

Cuando en uno o dos cursos académicos se ha permanecido a tiempo completo y en otro o más la dedicación ha sido a tiempo parcial, el plazo máximo de permanencia en el programa de doctorado con dedicación a tiempo completo se verá incrementado en la parte proporcional que corresponda.

  • Cálculo de la conversión para los años básicos (sin prórroga):
    • 1 mes a tiempo completo equivale a 1,7 meses a tiempo parcial.
    • 1 mes a tiempo parcial equivale a 0,6 meses a tiempo completo.

La dedicación a tiempo parcial sólo se incluirá en los tres primeros cursos académicos de permanencia activa. Eso significa, que en el cuarto año no hay que justificar los motivos para la dedicación a tiempo parcial.

* ¿Cómo presentar la solicitud del cambio de dedicación? .

- Se solicitará el cambio de dedicación a través del portal de seguimiento - pestaña: solicitudes.

  1. El tipo de solicitud es: CMAT.
  2. En el campo texto, indique sólo “Cambio de dedicación”.
  3. El fichero a subir debe ser la acreditación de la relación laboral, que justifique el cambio de dedicación. En el caso de que la relación laboral se ejerza en España, debe ser preferentemente el INFORME DE VIDA LABORAL expedido por el Ministerio correspondiente o en su defecto por la Comunidad Autónoma. En cualquier otro caso, debe acreditarse preferentemente por un documento equivalente al INFORME DE VIDA LABORAL indicado anteriormente expedido por las autoridades del país correspondiente..

Le recordamos que el cambio de dedicación sólo afecta a los tres primeros cursos académicos.

  • Caso particular: Admisión a doctorado condicionada a la realización de los complementos formativos

Si usted está en esta situación, está trabajando, y tiene pendiente la superación de asignaturas de máster oficial o grado, no tiene que solicitar el cambio de dedicación a tiempo parcial. No obstante, si por estar trabajando no puede superar la totalidad de los complementos formativos o no ha podido completar el trabajo de investigación que le han exigido en la admisión, podrá solicitar la matricula de un segundo año para poder culminarlos.

En el mes de septiembre del curso actual, podrá solicitar la matrícula del curso próximo, de los complementos formativos pendientes de superar, acreditando la relación laboral pertinente. Dicha solicitud la podrá realizar a través de solicitudes (TIPO DE SOLICITUD: OTRA). No olvide que también debe presentar en el portal de seguimiento, a partir de septiembre, el INFORME DE SEGUIMIENTO DEL CURSO ACADÉMICO. Dada la particularidad que pueden tener los complementos formativos a realizar, si tiene dudas adicionales, envíe un correo electrónico a doctoradoinformacion@ugr.es.

Dudas que plantea la dedicación a tiempo parcial

* En el curso académico pasado solicité el cambio de dedicación a tiempo parcial y se aceptó. Realizada la matrícula del curso actual ya no consta que mi dedicación es a tiempo parcial

Salvo que el curso actual sea el cuarto curso académico, se debe solicitar el cambio de dedicación a tiempo parcial en cada curso académico, pero no podemos solicitarlo en el momento de realizar la matrícula de doctorado, sino ya transcurrido casi la totalidad del curso académico como puede ser a partir del mes de mayo.
  • ¿He solicitado que el cuarto año (o sucesivos) conste que la dedicación sea a tiempo parcial y se me ha denegado?
Como se indica en el párrafo anterior la dedicación a tiempo parcial sólo se incluye en los tres primeros cursos académicos. La inclusión de la dedicación a tiempo parcial en el cuarto año, no tendría efecto alguno en el plazo de permanencia en doctorado pero informáticamente nos plantea problemas incluir la dedicación. Por tanto, la dedicación a tiempo parcial se incluye, si procede, en los tres primeros cursos académicos y a partir del cuarto año aparece la dedicación a tiempo completo.

Obligaciones del doctorando

Una vez iniciados los estudios de doctorado, el doctorando tendrá la obligación de:

1. A los que se le hayan establecido complementos formativos en la admisión tendrá que acreditarlos en el primer curso académico.

2. Presentar/Defender el plan de investigación en el plazo de un año desde la primera matrícula de doctorado o desde la superación de los complementos formativos.

3. En el mes de septiembre se tendrá que presentar el informe de seguimiento, cuya valoración positiva le permitirá renovar matrícula del curso académico siguiente. ( Más información ).

4. Acreditar el pago de los precios públicos de la matricula de doctorado.

5. Depositar la tesis doctoral antes de la fecha de finalización del periodo de permanencia.

Causas para anular su vinculación a Doctorado

  • Principalmente incumplir una de las obligaciones anteriores
  • El expediente quedará bloqueado y se iniciará el procedimiento de anular su vinculación a los estudios de doctorado.
  • Las anulaciones de los expedientes de doctorado se notificarán principalmente por el sistema de notificaciones electrónicas de la Universidad de Granada
  • ¿Como puedo saber que tengo una notificación?
1. A título informativo el servicio de notificaciones electrónicas le remitirá un correo electrónico comunicándole que tiene una notificación con un link, pulse el link y accederá a su buzón. Este correo electrónico es meramente informativo y con el fin de evitar posibles incidencias en su recepción, deberá acceder regularmente a su buzón para comprobar la recepción de notificaciones según lo indicado en el párrafo siguiente.
2. Accediendo a su buzón a través del enlace Mis Notificaciones de la sede electrónica de la UGR (Parte superior derecha: HERMES - Mis notificaciones en ►sede.ugr.es ). Es necesario acceder como mínimo una vez cada 10 días naturales. Este es el plazo en el que una notificación está disponible en su buzón para ser leída, posteriormente, pasará a estar caducada y no podrá ver el texto.
  • Recurso de Alzada

* Web informativa

Bajas temporales en los estudios de doctorado

  • En el cálculo de la duración de los estudios no se tendrá en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo, o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente. Se tendrá que acreditar documentalmente la baja correspondiente donde conste la duración efectiva de la misma. Ver Información sobre Solicitudes incluida anteriormente.
  • Asimismo, el doctorando podrá enviar una solicitud de baja temporal justificada a la Comisión Académica del Programa de Doctorado por un periodo máximo de un año, ampliable hasta un año más. (Ver la web: Información sobre solicitudes).
  • En aquellos casos donde la baja temporal autorizada coincida con la duración de un curso académico (1 de octubre a 30 de septiembre año siguiente), no existe la obligación de realizar la matrícula de doctorado en ese curso ni presentar el Informe de Seguimiento correspondiente al mismo, pero el informe de seguimiento del curso anterior debe estar presentado y valorado positivamente, para la toma en consideración de la solicitud presentada.

Para más información: Web de modelos de impresos.

REITERAMOS LO INDICADO ANTERIORMENTE: Caso particular de baja temporal que afecta al curso académico próximo

Si se pretende solicitar la baja temporal del curso académico siguiente al actual, se debe realizar dicha petición una vez que se haya aportado el INFORME DE SEGUIMIENTO del curso actual. Es decir, si estamos en el curso académico 2019/2020 y pretendemos solicitar la baja temporal durante el curso académico 2020/2021, previamente se tiene que aportar el informe de seguimiento 2019/2020. En el caso de aprobarse la baja temporal, no se incorporará al expediente hasta que el informe de seguimiento no tenga valoración favorable del programa de doctorado.

Fecha de finalización de la permanencia en los Estudios de Doctorado

Se podrá consultar dicha fecha en el Portal de Seguimiento Académico de los Doctorando/as en la pestaña Datos Generales. Como se ha indicado anteriormente, el proceso de depósito se ha tenido que realizar antes de que finalice el periodo de permanencia, si bien la lectura de la tesis se puede realizar posteriormente.

Prórroga ordinaria

Si transcurrido el plazo previsto no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis doctoral, la Comisión Académica del Programa podrá autorizar la ampliación del tiempo de permanencia en el programa:

  • Por otro año más en caso de dedicación a tiempo completo.
  • Por dos años más en caso de dedicación a tiempo parcial.
  • O en la parte proporcional que corresponda en caso de dedicación en un periodo a tiempo completo y otro a tiempo parcial.

Prórroga Extraordinaria

Excepcionalmente y en las condiciones que se hayan establecido en el Programa de Doctorado cursado podrá ampliarse por un año más en cualquier caso de dedicación.

La prórroga extraordinaria deberá ser remitida para su aprobación por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente previo informe de la Comisión Académica del Programa de Doctorado. El Comité de Dirección solo considerará razones de índole académica extraordinarias.

Dudas que se plantean sobre esta prórroga

  • ¿Puedo solicitar una segunda prórroga extraordinaria?
NO, no es posible solicitar una segunda prorroga(ni ordinaria ni extraordinaria). Si ha agotado las bajas temporales (dos años) y las dos prórrogas sin realizar el depósito de tesis doctoral, su vinculación a doctorado ha finalizado.

Solicitud de Prórroga

A partir del mes de junio y hasta septiembre de cada curso académico, los alumnos de doctorado que, durante el curso académico siguiente les finalice el plazo de permanencia en los estudios de doctorado y no tengan previsto depositar su tesis doctoral, deberán solicitar prórroga. La tramitación se realizará a través del Portal de Seguimiento. En cualquier caso, la solicitud de prórroga deberá presentarse con una antelación mínima de tres meses a la finalización de la permanencia en el programa.

En la redacción del informe justificativo se debe realizar una exposición de las razones objetivas para obtener la prórroga correspondiente. El impreso presentado deberá contener el VºBº del tutor y del director de la tesis doctoral. En el informe redactado por ambos se debe motivar la viabilidad de conceder la prórroga.

Corresponde a la comisión académica del programa de doctorado y a la Escuela de Doctorado, a la vista de la solicitud del doctorando y los informes de tutor y dirección de tesis, el aprobar o denegar la concesión de la prórroga correspondiente.

En caso de denegación de la solicitud, la Comisión Académica elevará un informe motivado que se hará llegar a los interesados. En este supuesto, el depósito de la tesis doctoral podrá realizarse hasta la fecha de finalización de la permanencia en los estudios de doctorado. En el supuesto de no presentar la tesis en el tiempo establecido, el alumno causaría baja definitiva en el Programa de Doctorado.

Modelo de comunicación/solicitud de prórroga

Debe seleccionar en el «portal de seguimiento académico del doctorando»:

  • Solicitud de prórroga ordinaria para ampliar la permanencia en los estudios de doctorado
  • Solicitud de prórroga extraordinaria para ampliar la permanencia en los estudios de doctorado

Puede encontrar los impresos normalizados en el siguiente apartado:

ENLACE IMPRESOS

Baja Total en los estudios de Doctorado a petición del doctorando

La baja total en los estudios de doctorado se podrá solicitar en cualquier momento, pudiendo presentar dicha solicitud a través SOLICITUDES del portal de seguimiento, si bien se puede utilizar la sede electrónica o cualquier registro oficial de cualquier administración pública. En estos casos, incluiremos dicho documento al portal de seguimiento del doctorando para que conste en el mismo la petición de baja total.