La normativa que regula la defensa de Tesis Doctoral es el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las Enseñanzas de Doctorado; el Texto Refundido de las Normas Reguladoras de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada (BUGR nº 75, de 31 octubre 2013), ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
A continuación, se indican las normas más importantes que son de aplicación en el procedimiento de defensa de Tesis Doctoral:
1. El acto de defensa de la Tesis Doctoral debe ser convocado por el Secretario/a en nombre del Presidente/a.
2. El Secretario/a del Tribunal comunicará a la Escuela Internacional de Posgrado, a través de la aplicación “DEPÓSITO DE TESIS” del Acceso Identificado, la fecha de la defensa de la tesis, que no podrá ser inferior a 15 días ni superior a 3 meses desde la obtención del permiso por parte del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente. Esta comunicación deberá realizarse con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha de la lectura. Tras recibir dicha comunicación, la Escuela Internacional de Posgrado preparará la documentación necesaria para el acto de defensa y, cuando esté disponible, avisará por correo electrónico al Secretario/a del Tribunal para que pueda acceder a la documentación a través de la aplicación “DEPÓSITO DE TESIS”.
3. La Escuela Internacional de Posgrado comunicará a la comunidad universitaria, en nombre del/la Secretario/a del Tribunal, la fecha, lugar y hora del acto público de defensa de la Tesis Doctoral, siendo la única comunicación que se realice a la comunidad universitaria.
4. El Tribunal deberá cumplir, en el momento de constituirse, los requisitos establecidos en el artículo 14.2 del Real Decreto 99/2011, en el sentido de que estará formado por una mayoría de miembros externos a la Universidad de Granada y a las instituciones colaboradoras en el Programa de Doctorado. El Secretario/a del Tribunal deberá ser doctor/a permanente de la Universidad de Granada. En el caso de tener que recurrir a los suplentes y siempre que ello no fuera posible (dicha circunstancia deberá explicitarse en el “Informe de Valoración”), será de aplicación lo expresado para los órganos colegiados en los artículos 15 al 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, concretamente: Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
5. A los miembros del Tribunal les será de aplicación lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, donde se señalan los motivos de abstención de intervenir en el procedimiento y el deber de abstenerse cuando se dé alguno de los supuestos contemplados, especialmente cuando se refieran al autor de la tesis o a sus directores. Más concretamente, no se admitirán propuestas de tribunales cuando alguno de sus miembros presenten con ellos un vínculo matrimonial, o situación de hecho asimilable, o el parentesco de consanguinidad previsto en la Ley 40/2015 (Acuerdo del CAED de 14 de diciembre de 2020 sobre vínculos de parentesco o consanguinidad en tribunales de tesis).
6. El acto de defensa se desarrollará según se expone a continuación:
• Una vez realizada la exposición por el doctorando/a, el Tribunal, en una primera sesión, calificará la Tesis Doctoral como NO APTO, APROBADO, NOTABLE o SOBRESALIENTE.
• El Tribunal, vista la documentación necesaria para la defensa de la tesis, concederá, en su caso, la mención DOCTORADO INTERNACIONAL. Si es así, el Secretario del Tribunal cumplimentará y firmará el Acta de Mención Internacional en el Título de Doctor correspondiente.
• Una vez recibida la documentación de la defensa, y siempre y cuando se haya otorgado la calificación de “SOBRESALIENTE”, se votará la concesión de la mención “Cum Laude” en sesión aparte y secreta. Se seguirá el protocolo descrito en:
El escrutinio se realizará en sesión independiente en presencia del Secretario y un funcionario de la Escuela Internacional de Posgrado. El Secretario cumplimentará, en su caso, el Acta de Mención Cum Laude reflejando el resultado. Para obtener la mención Cum Laude se requiere que el resultado de la votación haya sido unánime.
La documentación necesaria para el acto de defensa, que el Secretario/a encontrará a su disposición en la aplicación DEPÓSITO DE TESIS, estará formada por:
1. Ejemplar de la tesis, al que se incorporará la publicación de calidad que incluye parte de los resultados de la Tesis y, en su caso, los documentos relativos al Doctorado Internacional.
2. Documento de Actividades del Doctorando/a, en cumplimiento de lo establecido en el art. 14.3 del RD 99/2011. Este documento de seguimiento no dará lugar a una puntuación cuantitativa pero sí constituirá un instrumento de evaluación cualitativa que complementará la evaluación de la tesis doctoral.
3. Curriculum Vitae de doctorando/a.
4. Un ejemplar del Acta de Grado. El Secretario/a del Tribunal indicará la calificación otorgada a la Tesis doctoral y firmarán el acta todos los miembros del Tribunal y el doctorando/a. Las firmas del Acta de Grado deben ser todas electrónicas o todas manuscritas. No se admitirá diferentes tipos de firma en un mismo documento.
5. Impreso para el Informe de Valoración de la Tesis Doctoral. Este informe lo redactará y firmará el Secretario/a del Tribunal y deberá recoger una descripción detallada de lo que suceda en la sesión de defensa de la Tesis, y además una valoración conjunta del Tribunal.
6. Modelo de Acta para otorgar la “Mención Internacional”.
El Consejo Asesor de Escuelas de Doctorado (CAED) aprueba el 19/05/2020 una Recomendación de protocolo de acto de defensa de la tesis doctoral dirigida al presidente y al secretario de los tribunales de tesis. Se trata de que haya un sistema más o menos uniforme de llevar a cabo la defensa de la tesis doctoral. No se trata de una normativa sino de unas pautas que se aconseja que siga el tribunal. El contenido de la Recomendación es el siguiente:
Colocación en la mesa en los actos presenciales
El Presidente (1) ocupará la posición central, en su extremo izquierdo el Secretario (2). Los tres vocales se colocarán atendiendo a dos criterios generales de la norma universitaria, con independencia del número administrativo que, como vocal, se tenga asignado. Primero la categoría y después la antigüedad, de la siguiente forma: el más joven y menor categoría (3) en el extremo derecho; el siguiente menos joven y más categoría (4) entre el presidente y el secretario; y el más antiguo y de mayor categoría (5) entre el presidente y el otro vocal.
(3) Vocal | (5) Vocal | (1) Presidente | (4) Vocal | (2) Secretario |
1ª parte de la Sesión: Presentación
1. El Presidente abre la sesión indicando el título de la tesis doctoral y el nombre del doctorando.
2. Presenta a los miembros del tribunal
3. Indica que según la legislación española el acto contará de dos partes consecutivas: exposición del trabajo (entre 40 y 60 minutos) y discusión con el tribunal, más una deliberación posterior para otorgar la calificación y una sesión aparte para votar la concesión, en su caso, de la Mención Cum Laude.
4. Cede la palabra al doctorando comentando que si la tesis opta a la mención internacional deberá utilizar un idioma distinto a cualquiera de las lenguas oficiales en España en alguna parte de su disertación.
2ª parte de la Sesión: Discusión con el Tribunal
5. En las preguntas el Presidente dará la palabra en el siguiente orden: primero al Secretario, luego al Vocal de la posición 3, a continuación el Vocal de la posición 4 y a continuación al Vocal de la posición 5, actuando él en último lugar.
6. A juicio del Presidente el doctorando podrá contestar a cada uno de los miembros del tribunal de forma secuencial o bien hacer una respuesta global al final de todas las intervenciones.
7. En este debate, el Presidente puede permitir la intervención de los distintos miembros del tribunal fuera de su turno si lo cree conveniente para enriquecer el debate con el doctorando.
8. Una vez finalizado el debate entre el tribunal y el doctorando, el Presidente cederá la palabra al Director o Directores de la tesis por si quieren realizar algún comentario.
9. Por último, preguntará si algún Doctor presente en la sala quiere intervenir.
10. Interrumpe la sesión para la deliberación. El público debe abandonar la sala.
3ª parte de la Sesión
11. Se reanuda la sesión con la llamada del Secretario, y el Presidente da lectura a la calificación de la tesis doctoral. La calificación podrá ser de No Apto, Aprobado, Notable o Sobresaliente.
12. Si la calificación es Sobresaliente, podrá optar a la mención “Cum Laude”, que habilita para concurrir a Premio Extraordinario de Doctorado de la Universidad de Granada, mediante la votación secreta a tal efecto diseñada por la EIP, cuyo resultado no se conocerá hasta pasadas 24 horas de la lectura de la tesis. En ningún caso, el Presidente debe realizar ninguna manifestación sobre la valoración del tribunal respecto a la mención “Cum Laude”.
FIN DEL ACTO
Una vez finalizada la defensa, el Secretario procederá a cumplimentar la documentación y la remitirá a la EIP a través del correo electrónico doctoradolecturatesis@ugr.es en los términos indicados en la normativa.
Una vez recibida la documentación, en caso de que se otorgue la calificación de Sobresaliente, desde la EIP se procederá a remitir a los miembros del Tribunal un correo electrónico para realizar la votación secreta del CUM LAUDE. Este contendrá un enlace a través del que se puede hacer la votación.
Por ello, le corresponde al Secretario asegurarse de que el correo ha llegado a todos los miembros del Tribunal. Estos disponen de 24 horas para votar y si no lo hacen se considera “voto en blanco”. Por ello es esencial que todos los miembros estén al tanto para que un despiste no impida la concesión del Cum Laude (si procede).
Ante cualquier problema dirigirse a doctoradolecturatesis@ugr.es
Antes de proceder al envío del correo de votación la EIP lo comunicará al Secretario para su constancia.
Los miembros del tribunal sólo tienen que entrar en el enlace del correo. El contenido de la encuesta para la votación puede visualizarse en español e inglés.
Una vez acabada la votación y conforme al punto TERCERO.8 del acuerdo, el Secretario y un miembro del personal de la EIP se reunirán presencialmente o por videoconferencia para la apertura del informe de resultados de la votación.
Una vez otorgado el Título de Doctor, el doctorando/a deberá acceder a la base de dato TESEO (enlace TESEO) donde cumplimentará la ficha correspondiente siguiendo las instrucciones que se indican en la página web indicada.