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PREINSCRIPCIÓN

Todos los cursos académicos la Comisión del Distrito Único de Andalucía publica el Acuerdo por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los másteres que se impartan en las universidades andaluzas,en cuyo artículo 6 se describe el procedimiento.

Para cursar un máster oficial en la Universidad de Granada será necesario cumplimentar y presentar la preinscripción a través de la aplicación telemática que la Junta de Andalucía habilita para ello en la dirección web del Distrito Único Andaluz:

El proceso de preinscripción costará de tres fases dirigidas a quienes estén en posesión de un título universitario, español o extranjero, que les habilite para el acceso a los másteres que solicita y expedido a fecha de finalización del plazo de entrega de solicitudes de la respectiva fase.

Ver plazos de preinscripción:

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Se deberá adjuntar la documentación acreditativa de la situación académica junto con aquella otra que, según el Máster de que se trate, le sea requerida. No será necesario aportar la documentación que obre ya en formato electrónico, en posesión de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por lo que el sistema informático indicará expresamente la documentación que deberá adjuntarse en formato electrónico. A estos efectos, el sistema informático preverá la incorporación de diversos formatos electrónicos, entre los que estará disponible, al menos, el formato PDF.

El sistema facilitará a la persona interesada en el momento de la presentación, un documento acreditativo de la realización de la misma, también enviará copia de dicho documento a la dirección de correo electrónico que se haya facilitado en la solicitud.

Se presentará una sola solicitud, que será única para todas las Universidades Públicas de Andalucía, en donde se relacionarán por orden de preferencia todos los Másteres Universitarios en los que se desea la admisión. Durante el plazo de presentación de solicitudes de cada fase, el sistema permitirá la sustitución de una solicitud ya presentada por otra nueva, lo que automáticamente implicará la anulación de la anterior en dicha fase.

En todo caso la persona solicitante estará obligada en el momento de efectuar la matrícula o cuando, se lo requiera expresamente la universidad, a la entrega del original y fotocopia, de todos los documentos que dieron lugar a los correspondientes documentos electrónicos que necesitó adjuntar a la solicitud para participar en el proceso.

Toda la documentación que se solicita en estos apartados deberá, en su caso, entregarse traducida al idioma español y, en el momento de la matrícula, si así se lo requiriese la universidad, legalizada según los acuerdos suscritos por el país emisor del título.

Con carácter general

Las personas solicitantes deberán aportar, además del formulario electrónico debidamente cumplimentado, los documentos que se indican a continuación según la situación en la que se encuentren, si así lo requiere el sistema informático -en el caso de alumnos extranjeros se entenderá que toda referencia al Documento Nacional de Identidad (DNI), será el Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o, en su defecto, el Pasaporte-.

Una vez realizada la matrícula deberán entregar el original y fotocopia, para su cotejo, de DNI por ambas caras, así como de los documentos que dieron lugar a los correspondientes documentos electrónicos que necesitó adjuntar a la solicitud para resolver las listas de admitidos.

Documentación según la situación en que se encuentren:

Estudiantes que estén en posesión de un título de Grado, o del título de Arquitecto/a, Ingeniero/a, Licenciado/a, Arquitecto/a Técnico/a, Diplomado/a, Ingeniero/a Técnico/a o Maestro/a, u otro expresamente declarado equivalente:

  • Documento electrónico con el DNI, NIE, o en su defecto, pasaporte.
  • Documento electrónico con el título obtenido o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
  • Documento electrónico con la certificación del expediente académico oficial donde consten las calificaciones obtenidas en las asignaturas necesarias para obtención del título que le habilita para el acceso, donde conste la tipología de las asignaturas –troncales, obligatorias, optativas y libre configuración-, la calificación y la duración expresada en créditos, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera. Por último, la carga lectiva total de la titulación que se está cursando y que le permiten la acumulación de créditos que se alega.
  • En su caso, si el título que aporta es un título de segundo ciclo habiendo cursado previamente un primer ciclo que no es continuación directa del segundo ciclo cursado, deberá aportarse también un documento electrónico con el expediente del citado primer ciclo.

Estudiantes que estén en posesión de un título universitario extranjero expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculten en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.

  • Documento electrónico con el DNI, NIE, o en su defecto pasaporte.
  • Documento electrónico con el título obtenido o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
  • Asimismo, y con objeto de poder trasladar la nota media del expediente académico a la correspondiente al sistema español:
- Documento electrónico con la certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente las calificaciones y duración –expresada en créditos o en meses- obtenidas en las asignaturas, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera que le permite el acceso al Máster o Másteres que solicita, con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
- Documento electrónico con certificado emitido por organismo oficial del país de origen donde figure la nota mínima para dar por superada una asignatura, así como la calificación máxima que es posible obtener.
De no presentar alguno de los dos documentos se considerará la calificación de aprobado.

Toda la documentación que se solicita en este apartado deberá entregarse, en su caso, acompañada de su correspondiente traducción legal al idioma español.

Estudiantes que estén en posesión de un título universitario extranjero no homologado en España por el equivalente al nivel de grado y que faculte en el país de origen para cursar estudios de posgrado.

  • Documento electrónico con el DNI, NIE, o en su defecto pasaporte.
  • Documento electrónico con el título obtenido.
  • Documento electrónico donde se acredite que la persona solicitante posee un título de Grado, emitido por organismo oficial del país de origen, que le faculta en dicho país para cursar estudios de posgrado.
  • Asimismo, y con objeto de poder trasladar la nota media del expediente académico del interesado a la correspondiente al sistema español:
- Documento electrónico con la certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente las calificaciones y duración –expresada en créditos o en meses- obtenidas en las asignaturas, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera que le permite el acceso al Máster o Másteres que solicita, con indicación expresa de la nota media final de los estudios.
- Documento electrónico con certificado emitido por organismo oficial del país de origen donde figure la nota mínima para dar por superada una asignatura, así como la calificación máxima que es posible obtener.
De no presentar alguno de los dos documentos se considerará la calificación de aprobado.

Toda la documentación que se solicita en este apartado deberá entregarse, en su caso, acompañada de su correspondiente traducción legal al idioma español y legalizada por vía diplomática o bien mediante Apostilla de la Haya.

De carácter específico

Los solicitantes deberán aportar la otra documentación específica en formato PDF, que, en su caso, requiera el o los másteres solicitados. De la necesidad de esta documentación se dará publicidad, al menos, desde el inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta la finalización del proceso en la dirección web:

Asimismo si alguna documentación específica estuviese en un idioma extranjero deberá entregarse también traducida legalmente al idioma español.

Tasas y precios públicos

Los precios públicos que se abonarán a la Universidad de Granada por la prestación del servicio en los Estudios Universitarios de Programas Oficiales de Posgrado según el Real Decreto 56/2005, y estudios de Máster y Programas de Doctorado según el Real Decreto 1393/2007, en el curso académico correspondiente vienen determinados mediante un Decreto de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía