El Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior, denomina profesiones reguladas aquellas actividades o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o alguna de sus modalidades de ejercicio se exija directa o indirectamente un título y constituyan una profesión en un estado miembro de la Unión Europea. En algunos casos, el acceso a estas profesiones reguladas se realiza a través de un programa formativo que incluye un título académico de Grado y un Máster Universitario habilitante.
Profesión regulada | Grado de referencia UGR | Título de M¡máster habilitante UGR | Normativa profesión regulada | Normativa plan de estudios |
Psicólogo/a general sanitario/a | Grado en Psicología | MU en Psicología General Sanitaria | Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias. | Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario. |
Profesión regulada | Grado de referencia UGR | Título de máster habilitante UGR | Normativa profesión regulada | Normativa plan de estudios |
Abogado/a | Grado en Derecho | MU en Abogacía | Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales. | Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. |
Profesor/a de Enseñanza Secundaria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas | Títulos de Grado que dan acceso a la especialidad correspondiente | MU en Formación de Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas | Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. | Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas. |
Profesión regulada | Grado de referencia UGR | Título de máster habilitante UGR | Normativa profesión regulada | Normativa plan de estudios |
Arquitecto/a | Grado en Estudios de Arquitectura | MU en Arquitectura | Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE)
Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales. | Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto. |
Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos | Grado en Ingeniería Civil | MU en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos | Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior de los estados miembros de la Comunidad Económica Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración. | Orden CIN/309/2009, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. |
Ingeniero/a de Telecomunicación | Grado en Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación | MU en Ingeniería de Telecomunicación | Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior de los estados miembros de la Comunidad Económica Europea que exigen una formación mínima de tres años de duración. | Orden CIN/355/2009 por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Telecomunicación. |