Proceso de Modificación

Universidad de Granada | Escuela de Posgrado | Administración electrónica

Buscar

Proceso de Modificación

Descargar versión en PDF

Una vez aprobada la solicitud de modificación por parte de los Órganos de Gobierno de la Universidad de Granada, se ha de continuar con el proceso de aprobación por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Para ello, se enviará la memoria modificada al Consejo de Universidades cumplimentando el formulario web en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación al efecto.

Con esta finalidad hemos elaborado esta guía en la que se han de recoger los datos necesarios para la MODIFICACIÓN y la remisión de la solicitud a la Escuela Internacional de Posgrado.

Manuales y Ayuda

Recomendaciones y buenas prácticas para la solicitud de modificaciones en los títulos universitarios oficiales de Grado, Máster y Doctorado (DEVA)

Guía de apoyo para la elaboración de la memoria de verificación de programas oficiales de Doctorado

Le facilitamos a continuación el enlace a la página web de la Agencia Andaluza del Conocimiento:

ANECA ha establecido como procedimiento para realizar consultas y para la atención al solicitante del programa de evaluación para la verificación de títulos oficiales, y para las consultas referentes a las modificaciones de sus planes de estudios la cuenta de correo electrónico: --LOGIN--d54c34eeb246e59ff18dcba71a2ed474aneca[dot]es . Para más información ver enlace

Normas generales para la cumplimentación de algunos puntos comunes de la memoria de modificación

Notas

- Tenga en cuenta que debe CUMPLIMENTAR ÚNICAMENTE LOS APARTADOS DE LA MEMORIA DEL PROGRAMA QUE SE VEAN AFECTADOS POR LA MODIFICACIÓN del mismo y/o que necesariamente necesiten actualizarse.

- Junto a esta memoria cumplimentada debe presentar el siguiente documento con el resumen de modificaciones realizadas en la memoria del Programa de Doctorado. (Por limitaciones de la aplicación informática no deben incluirse ni tablas ni cuadros de texto).

Instrucciones para la presentación del proceso de modificación de programas de doctorado

1. Descripción del título

1.1 Datos básicos

Descripción General:

Denominación: …………………………………………………………………………

Denominación en Inglés: ……………………………………………………………….

Título Conjunto: ….............

(Indique una de las tres opciones siguientes: Nacional / Internacional / NO)

Si selecciona “Internacional” o “nacional”, ha de cumplimentar el siguiente apartado, “Descripción del Convenio”, y el “modelo de convenio interuniversitario”.

Descripción del Convenio: …………………………………………………………………………………………………

Rama : ……………………………….

Seleccione un valor de la lista:

  1. Artes y Humanidades.
  2. Ciencias.
  3. Ciencias de la Salud.
  4. Ciencias Sociales y Jurídicas.
  5. Ingeniería y Arquitectura

Erasmus Mundus: .....

Indicar SI o NO

Si el Programa de Doctorado es Erasmus Mundus, deberá indicar el nombre del Consorcio Internacional y adjuntar el documento de Notificación de obtención del sello Erasmus Mundus.

Marie Sklodowska-Curie: .......

 

Indicar SI o NO

Si el Programa de Doctorado es Marie Sklodowska-Curie, deberá indicar el nombre del Consorcio Internacional y adjuntar el documento de Notificación de obtención del sello Marie Sklodowska-Curie.

Códigos ISCED:

Indique los ISCED 1 e ISCED 2 entre las opciones de la siguiente tabla:

ISCED 1: ......................

ISCED 2: ......................

140 - Formación de personal docente y ciencias de la educación142 - Ciencias de la educación
143 - Formación de docentes de enseñanza infantil 144 - Formación de docentes de enseñanza primaria
145 - Formación de docentes de enseñanza de temas especiales 146 - Formación de docentes de formación profesional
210 – Artes 211 - Bellas artes
212 - Música y artes del espectáculo 213 - Técnicas audiovisuales y medios de comunicación
214 – Diseño 220 – Humanidades
221 – Religión 222 - Lenguas extranjeras
223 - Lenguas y dialectos españoles 225 - Historia y arqueología
226 - Filosofía y ética 310 - Ciencias sociales y del comportamiento
311 – Psicología 312 - Sociología, antropología y geografía social y cultural
313 - Ciencias políticas 314 – Economía
320 - Periodismo e información 321 – Periodismo
322 - Biblioteconomía, documentación y archivos 340 - Educación comercial y administración
342 - Marketing y publicidad 343 - Finanzas, banca y seguros
344 - Contabilidad y gestión de impuestos 345 - Administración y gestión de empresas;
380 – Derecho 420 - Ciencias de la vida
421 - Biología y Bioquímica422 - Ciencias del medio ambiente
440 - Ciencias Físicas, químicas, geológicas 441 – Física
442 – Química 443 - Geología y meteorología
460 - Matemáticas y estadística 461 – Matemáticas
462 – Estadística 481 - Ciencias de la computación
520 - Ingeniería y profesiones afines521 - Mecánica y metalurgia
522 – Electricidad y energía 523 - Electrónica y automática
524 - Procesos químicos 525 - Vehículos de motor, barcos y aeronaves
540 - Industria manufacturera y producción 541 - Industria de la alimentación
542 - Industria textil, confección, del calzado y piel 543 - Industrias de otros materiales ( madera, papel, plástico, vidrio)
544 - Minería y extracción 580 - Arquitectura y construcción
581 - Arquitectura y urbanismo 582 - Construcción e ingeniería civil
620 - Agricultura, ganadería y pesca 621 - Producción agrícola y explotación ganadera
622 – Horticultura 623 – Silvicultura
624 – Pesca 640 – Veterinaria
641 – Veterinaria 720 – Salud
721 – Medicina 723 - Enfermería y atención a enfermos
724 - Estudios dentales 725 - Tecnología de diagnóstico y tratamiento médico
726 - Terapia y rehabilitación 727 – Farmacia
760 - Servicios Sociales 762 - Trabajo social y orientación
811 – Hostelería 812 - Viajes, turismo y ocio
813 – Deportes 840 - Servicios de transporte
850 - Protección del medio ambiente 851 - Control y tecnología medioambiental
860 - Servicios de seguridad 861 - Protección de la propiedad y las personas
862 - Salud y seguridad en el trabajo 863 - Enseñanza militar
999 - Sectores desconocidos o no especificados

1.2 Contexto

Detalle de las circunstancias que rodean al programa de doctorado: .............

La propuesta del programa de doctorado debe estar justificada dentro del contexto, la tradición y la oferta de títulos de la universidad/es o institución que lo propone. Se deberán describir las evidencias que pongan de manifiesto el interés y pertinencia académica, científica o profesional del título. (Consultar Guía de apoyo Memorias de Verificación Doctorado AAC).

1.3 Universidades y Centros

En el caso de que en el Máster participen otras universidades nacionales o extranjeras habrá de indicarlas. Además, se indicará el centro de realización en cada universidad participante.

Tipo de Entidad:

  • Si es Nacional, selecciónela de entre las existentes en el listado:
Universidad a Distancia de Madrid Universidad de Vigo Universidad Alfonso X El Sabio
Universidad de Zaragoza Universidad Antonio de Nebrija Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
Universidad Autónoma de Barcelona Universidad Europea de Canarias Universidad Autónoma de Madrid
Universidad Europea de Madrid Universidad Camilo José Cela Universidad Europea de Valencia
Universidad Cardenal Herrera-CEU Universidad Europea del Atlántico Universidad Carlos III de Madrid
Universidad Europea Miguel de Cervantes Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir Universidad Fernando III
Universidad Católica San Antonio Universidad Francisco de Vitoria Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila
Universidad Internacional de Andalucía Universidad Complutense de Madrid Universidad Internacional de Catalunya
Universidad de A Coruña Universidad Internacional de La Rioja Universidad de Alcalá
Universidad Internacional Isabel I de Castilla Universidad de Alicante;Universidad de Almería Universidad Internacional Menéndez Pelayo
Universidad de Barcelona Universidad Jaume I de Castellón Universidad de Burgos
Universidad Loyola Andalucía Universidad de Cádiz Universidad Miguel Hernández de Elche
Universidad de Cantabria Universidad Nacional de Educación a Distancia
Universidad de Castilla-La ManchaUniversidad Pablo de Olavide Universidad de Córdoba
Universidad Politécnica de Cartagena Universidad de Deusto Universidad Politécnica de Catalunya
Universidad de Extremadura Universidad Politécnica de Madrid Universidad de Girona
Universidad Pompeu Fabra Universidad de Granada Universidad Pontificia Comillas
Universidad de Huelva Universidad Pontificia de Salamanca Universidad de Jaén
Universidad Pública de Navarra Universidad de La Laguna Universidad Ramón Llull
Universidad de la Rioja Universidad Rey Juan Carlos Universidad de las Illes Balears
Universidad Rovira i Virgili Universidad de Las Palmas de Gran Canaria Universidad San Jorge
Universidad de León Universidad San Pablo-CEU Universidad de Lleida Universidad Tecnología y Empresa
Universidad de Málaga Universitat Abat Oliba CEU Universidad de Murcia
Universitat de València (Estudi General) Universidad de Navarra Universitat Internacional Valenciana
Universidad de Oviedo Universitat Oberta de Catalunya Universidad de Salamanca
Universitat Politècnica de València Universidad de Santiago de Compostela IE Universidad Universidad de SevillaMondragón Unibertsitatea
Universidad de Valladolid Otros Centros de Nivel Universitario Universidad de Vic

Universidad 1:………………………………..

Centro 1: ……………………………………..

Universidad 2:………………………………..

Centro 2: ………………………………………

  • Si es Extranjera, indique su denominación y centro de realización:

Universidad 3:………………………………..

Centro 3: …………………………………………………………………………………………

Indique los siguientes datos para cada uno de los centros de realización antes reflejados.

- Datos asociados al centro.

Principio del formulario Información referente al centro en el que se imparte el título:

- Plazas de nuevo ingreso ofertadas:

Plazas en el primer año de implantación: ………..

Plazas en el segundo año de implantación: ………

- Lenguas en las que se imparte.

Indique la lengua o lenguas en las que se imparte el título de entre las siguientes:

Castellano, Valenciano, Gallego, Catalán, Euskera, Inglés, Frances, Alemán, Portugués, Italiano, Otros.

1.............

2.............

……

1.4 Colaboraciones

Se deben indicar las colaboraciones que el programa de doctorado mantiene con otras universidades, organismos o instituciones, nacionales e internacionales. Se detallarán tanto las colaboraciones reguladas mediante un convenio de colaboración, que deberá incluirse en la aplicación en formato pdf, como aquella otra colaboración que el programa de doctorado realice.

Aquellas colaboraciones del doctorado que no están reguladas mediante convenio, han de mantener una relación directa con el programa de doctorado. Estas deben especificarse y completarse en el apartado “Otras colaboraciones”.

a. Colaboraciones con convenio:

Institución: ………………………………………………………………………………………

Descripción de la colaboración: ……………………………………………………………

Naturaleza de la Institución (Mixto, Privado o Público): ……………………………………

Adjuntar Convenio.

b. Otras colaboraciones:

Si es el caso, cumplimente dicha información a continuación:

.............................................

2. Competencias

En este apartado, se debe incluir una descripción de las competencias que deben adquirir los doctorandos durante sus estudios y que son exigibles para otorgar el Título de Doctor. Deben estar redactadas de forma clara y precisa, de forma que puedan ser evaluables y se garantice su adquisición por parte de todos los doctorandos.

Las competencias que definen a un título y que se deben incluir en este apartado son aquellas que todos los estudiantes que lo cursen deben alcanzar.

Desde la Escuela Internacional de Posgrado se cumplimentará la siguiente información, obligatoria en el formulario web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

- Competencias básicas:

CB11 Comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.
CB12 Capacidad de concebir, diseñar o crear, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación o creación.
CB13 Capacidad para contribuir a la ampliación de las fronteras del conocimiento a través de una investigación original.
CB14 Capacidad de realizar un análisis crítico y de evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
CB15 Capacidad de comunicación con la comunidad académica y científica y con la sociedad en general acerca de sus ámbitos de conocimiento en los modos e idiomas de uso habitual en su comunidad científica internacional.
CB16 Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance científico, tecnológico, social, artístico o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.

- Capacidades y destrezas personales:

CA01 Desenvolverse en contextos en los que hay poca información específica.
CA02 Encontrar las preguntas claves que hay que responder para resolver un problema complejo.
CA03 Diseñar, crear, desarrollar y emprender proyectos novedosos e innovadores en su ámbito de conocimiento.
CA04 Trabajar tanto en equipo como de manera autónoma en un contexto internacional o multidisciplinar.
CA05 Integrar conocimientos, enfrentarse a la complejidad y formular juicios con información limitada.
CA06 La crítica y defensa intelectual de soluciones.

- Otras competencias:

En el caso de que se quieran incorporar competencias adicionales pueden incluirse a continuación aquellas otras que sean propias de un ámbito y están orientadas a la consecución de un perfil específico de egresado. Estas competencias deben circunscribirse a aspectos formativos y ámbitos de conocimiento muy próximos al Título.

3. Acceso y admisión de estudiantes

3.1 Sistemas de información previo:

En éste punto se incorporará el siguiente texto que habrá de completar, adaptar y/o modificar con la información concreta del Programa de Doctorado.

El sistema de información previo tiene como eje fundamental la consulta de información a través de la web. En nuestro caso, desde tres direcciones concretas:

  • La web del Programa de Doctorado.
  • La web de la Escuela Internacional de Posgrado.

En primer lugar el sistema de información previo que muestra los detalles concretos del programa es la página web del mismo.

En esta página se puede encontrar información sobre el programa y los procesos de acceso y admisión. En concreto se ofrece información sobre el contenido y objetivo del programa, datos de contacto con el coordinador, información de la comisión académica y de la comisión interna de garantía de la calidad, así como los criterios específicos de admisión de alumnos e información sobre los investigadores y líneas de investigación del programa. También se recoge información sobre las actividades formativas que el alumno tendrá que realizar durante su estancia en el programa de doctorado.

NOTA: Detallar aquí los procedimientos de orientación y acogida dirigidos a los futuros doctorandos de nuevo ingreso para facilitar su incorporación al programa de doctorado. Estos procedimientos deben ser elaborados por los programas. También recoger el perfil de ingreso recomendado (capacidades, conocimientos previos, tipología de titulaciones, lenguas a utilizar en el proceso formativo y el nivel exigido en las mismas) y recoger esta información en la web del programa. Para estos apartados sería conveniente, cuando sea posible, usar la información presentada en la mención hacía la excelencia.

Por otra parte la web de la Escuela Internacional de Posgrado contiene información general sobre másteres oficiales, títulos propios de la Universidad de Granada y toda la información necesaria para un futuro alumno de doctorado, incluyendo un apartado de preguntas frecuentes que agiliza el conseguir la respuesta a preguntas comunes de los alumnos, así como un apartado de noticias con las que se pretende distribuir información relevante relativa a becas, conferencias,…

En concreto, en la parte de doctorado de la página, el futuro alumno puede encontrar información relativa a:

Los programas de doctorado que oferta actualmente la Universidad de Granada. Esta información está organizada por ámbitos de conocimiento y también se incluye información sobre aquellos programas que han obtenido la mención hacia la excelencia.

a) En la página web también se puede encontrar información sobre todos los trámites administrativos que el alumno necesita realizar ante la Escuela Internacional de Posgrado, como es el caso de la solicitud de acceso a un programa de doctorado, también se puede consultar el calendario del doctorado e información sobre los precios públicos que el alumno tiene que abonar.

b) Otra información relevante es la relativa a los trámites administrativos necesarios para la realización de la primera y sucesivas matriculas, del plan de trabajo y la información relativa a la presentación y lectura de la tesis doctoral, incluyendo los requisitos de la Universidad de Granada.

c) También está publicada la información relativa al procedimiento para solicitar en su momento el título de doctor e información de las tesis que actualmente se encuentran en proceso de exposición pública.

Finalmente la Universidad de Granada cuenta con una completa página web a través de la cual un futuro estudiante, en particular un estudiante de doctorado, de la UGR puede encontrar toda la información que necesita para planificar sus estudios.

Por una parte, la página web refleja la estructura de la Universidad y permite enlazar con los nueve Vicerrectorados en los que actualmente se organiza la gestión universitaria:

El Vicerrectorado de Enseñanzas de Grado y Posgrado (http://vicengp.ugr.es/) proporciona información relativa al Espacio Europeo de Educación Superior, los títulos propios de la UGR y los estudios de posgrado: másteres y doctorados, así como las oportunidades de aprendizaje de idiomas a través del Centro de Lenguas Modernas.

El Vicerrectorado de Política Científica e Investigación ofrece información sobre grupos y proyectos de investigación de la Universidad de Granada, así como becas y/o contratos y el plan propio de investigación que puede ser de gran interés para los alumnos de doctorado.

El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo organiza y gestiona los intercambios de estudiantes entre universidades de todo el mundo. Este Vicerrectorado se encarga del programa Erasmus Mundus 2 y de los programas bilaterales de intercambio relacionados con el doctorado.

El Vicerrectorado de Estudiantes ofrece información general de interés para los alumnos como alojamiento, becas, puntos de información, asociacionismo, etc.

El Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Deporte tiene como misión propiciar el bienestar y mejorar la calidad de vida de la comunidad universitaria.

El estudiante podrá tener información directa y actualizada acerca de la estructura académica de la universidad a través del Vicerrectorados de Ordenación Académica y Profesorado ; asimismo de los criterios y exigencias que atañen a la excelencia universitaria en todas y cada una de sus facetas a través del Vicerrectorado para la Garantía de la Calidad .

El resto de información se completa con los Vicerrectorados de Infraestructuras y Campus y del Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud .

En aras de una mayor difusión de la información, la guía del futuro estudiante de la Universidad de Granada publicada anualmente por el Vicerrectorado de Estudiantes, condensa toda la información necesaria para el nuevo ingreso. También es importante para el doctorado la guía del estudiante internacional publicada anualmente por el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo.

3.2 Requisitos de acceso y criterios de admisión

Se incluirá el siguiente texto que deberá ser adaptado por la Escuela de Doctorado y/o Programa de Doctorado:

El Artículo 6 del Real Decreto 99/2011 establece los siguientes requisitos de acceso al doctorado.

1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.

2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.

b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.

c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.

d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.

e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

Esta normativa genera cuatro perfiles de ingreso fundamentales, que dependen de la formación previa del doctorando:

1. Alumnos con un Título de Grado, licenciado o diplomado del ámbito de las xxx (especificar el ámbito particular, por ejemplo, Ciencias de la Salud) y al menos un título de Master Oficial del mismo ámbito, que contabilizan 300 créditos o más, de los que al menos 12 corresponden a un trabajo de investigación previo. Este es el perfil de ingreso recomendado. Los complementos de formación serán necesarios en función de la formación previa de grado y posgrado del alumno y de la línea de investigación que la que el alumno quiera realizar su trabajo de investigación.

2. Opciones 2.a, 2.b, o 2.c. Tendrán que acreditar su experiencia y formación previa en investigación En caso de que esta no se pueda demostrar con al menos una publicación (artículo original) en una revista indexada en la que el alumno sea primer autor, la Comisión Académica podrá exigir la realización de complementos de formación en metodología de investigación.

3. Alumnos con títulos obtenidos en sistemas educativos extranjeros. Tendrán que acreditar su experiencia y formación previa en investigación En caso de que esta no se pueda demostrar con al menos una publicación (artículo original) en una revista indexada en la que el alumno sea primer autor, la Comisión Académica podrá exigir la realización de complementos de formación en metodología de investigación.

4. Alumnos en posesión de otro título de Doctor previo o con una formación de grado y/o Máster distinta al ámbito de la Escuela Doctoral. En función de la relación de la formación previa con el área de conocimiento del programa podrán exigirse complementos de formación específicos relacionados con los fundamentos teóricos y métodos de investigación del campo de conocimiento. Los complementos de formación necesarios para cada perfil serán acordados por consenso entre el coordinador del programa y el tutor asignado al alumno; serán dependientes de la formación de base, perfil de ingreso del doctorando y línea de investigación seleccionada, y se elegirán preferentemente entre las asignaturas de los Títulos de Máster relacionados con el Programa de Doctorado.

La comisión académica del programa analizará de forma particular los casos de los alumnos con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo para garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.

Criterios de admisión.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del RD 99/2011 por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, así como en las normas reguladoras de las enseñanzas oficiales de doctorado y del título de doctor por la Universidad de Granada, aprobadas en Consejo de Gobierno del día 2 de mayo de 2012, la Comisión Académica del Programa de Doctorado en “ por la Universidad de Granada, acuerda los siguientes criterios de admisión:

1. Expediente académico (nota media). Se establecerá un rango entre 0 y 5, siendo 0 la puntuación correspondiente a la nota mínima necesaria para superar los estudios de grado y 5 la puntuación correspondiente a la nota máxima que se pueda alcanzar.

2. Curriculum vitae, Se valorará la experiencia previa en investigación y docencia. Hasta 2 puntos.

3. Vinculación mediante Beca o Contrato con la universidad de Granada o con alguna otra de las instituciones colaboradoras. Hasta 2 puntos.

4. Conocimiento de Inglés, (incluir si el programa lo ve conveniente otra u otras lenguas). El candidato debe acreditar el nivel B2 o equivalente. Hasta 1 punto.

5. Presentar el aval de un profesor del programa o un investigador de reconocido prestigio con disponibilidad para asumir la dirección o codirección de la tesis. Hasta 1 punto.

6. Entrevista personal con el coordinador del programa. Se valorará la motivación y el compromiso personal del alumno con el Programa de Doctorado. Hasta 1 punto.

La admisión al programa requerirá una puntación mínima de 7 puntos. Los criterios de admisión serán comunes para los alumnos a tiempo completo y a tiempo parcial, quienes tendrán que establecer y justificar su dedicación en la solicitud de admisión. Los estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de la discapacidad contarán en el proceso de admisión con un asesor académico que evaluará la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.

3.3 Estimaciones de estudiantes:

  • ¿El título está vinculado a un título previo?:

(Indicar SI o NO) ………

En el caso de “SI”, Cumplimentar los siguientes datos:

- Universidad de Granada

- Denominación Programa Doctorado: ………………………………………………..

- ¿Es la adaptación normativa del título previo?: (Indicar SI o NO) ………

  • Últimos Cursos:
Curso Nº total de estudiantes Nº total de estudiantes de otros países.
Año 1 ......
Año 2 ... ...
Año 3 ... ...
.........

3.4 Complementos formativos:

Los complementos de formación deben ser adecuados, ajustados al perfil de ingreso de los doctorandos y coherentes con el ámbito científico del programa de doctorado. La inclusión de complementos de formación tiene que ser coherente con los criterios de admisión.

Debe indicar el contenido de este apartado a continuación: ..............................

4. Actividades formativas

Debe cumplimentar el siguiente archivo con cada una de las actividades formativas del Programa de Doctorado tal y como quedarían tras la modificación.

Tenga en cuenta que las actividades formativas incluidas en el programa de doctorado (seminarios, cursos, talleres, jornadas de doctorandos, congresos nacionales e internacionales, etc.) deben constituir una propuesta coherente de formación diseñada de forma coordinada y coherente con los perfiles de formación y acceso, tomando en consideración la dedicación de los doctorandos en un periodo temporal determinado.

5.Organización del programa

5.1 Supervisión de Tesis

En este apartado se deben definir las actividades previstas o en marcha por el programa de doctorado/universidad para fomentar la dirección de tesis doctorales. El programa de doctorado debería contar con una guía de buenas prácticas para la dirección y el seguimiento de las actividades formativas del doctorando y de su tesis doctoral. Esta guía debería ser pública y, en caso de existencia, debería aportarse, como mínimo, el enlace web donde puede consultarse.

Debe indicar el contenido de este apartado a continuación, tal y como quedaría tras la modificación del mismo: ...................................................

5.2 Seguimiento del doctorando

En caso de verse afectado este apartado por la modificación solicitada, se deben describir los procedimientos que llevará a cabo el programa de doctorado para el seguimiento del doctorando durante su formación doctoral. Estos procedimientos deben ser adecuados a los objetivos del programa, estar en consonancia con la legislación vigente y asegurar que el doctorando adquiere las competencias definidas en el programa de doctorado.

Debe reflejar el siguiente texto adaptando y/o modificando lo que se estime pertinente para cada Programa de Doctorado: ....................................................................................

Admisión al programa:

Todas las personas que cumplan los requisitos académicos para acceder al Programa de Doctorado presentarán una solicitud en la Escuela Internacional de Posgrado que incluye además de sus datos personales y académicos, la información requerida para evaluar los criterios de admisión especificados por el programa solicitado. En todo caso se debe aportar certificación sobre sus conocimiento de idiomas, información sobre sus méritos académicos y/o profesionales, disponibilidad de financiación (becas y/o contrato) para la realización del programa, una propuesta de temática de tesis doctoral, así como un informe o carta de recomendación de un investigador vinculado con el programa interesado en la dirección del plan de investigación.

La EIP remitirá (caso de que la documentación sea correcta y el alumno tenga acceso al doctorado) a la Comisión Académica que evaluará la solicitud. Una vez evaluada la solicitud se remitirá a la Escuela Internacional de Posgrado para que o bien se le comunique al alumno que no ha sido aceptado en el programa o bien para que se inicie el proceso de matriculación.

Asignación de tutor/a y director/a:

Una vez que la EIP comunica al programa que el alumno se ha matriculado, la gestión se realizará a través de una aplicación informática que permitirá al coordinador conocer en cada momento la información relevante del doctorando. La primera actuación por parte de la Comisión Académica del Programa será asignar a dicho alumno un tutor, que debe ser un profesor adscrito al programa. El Tutor es el responsable de la adecuación de la formación del doctorando a los principios de los programas, y orientará al alumno en todo lo que se refiere a la relación del alumno con el programa. La Comisión Académica, oído el doctorando y el Tutor, podrá modificar el nombramiento del Tutor de un doctorando en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.

La Universidad de Granada establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental firmado por la Universidad, el Doctorando, su Tutor y su Director. Este compromiso será rubricado después de la admisión e incluirá un procedimiento de resolución de conflictos y contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de programas de Doctorado.

En el plazo máximo de seis meses desde su matriculación, la Comisión Académica responsable del Programa asignará a cada doctorando un Director de Tesis doctoral, que podrá ser coincidente o no con el Tutor. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor, incluso cuando no pertenezca al programa de doctorado, siempre y cuando cumpla las normas específicas para ser director de tesis de la Universidad de Granada. La Comisión Académica, oído el doctorando y el director, podrá modificar el nombramiento de Director de la tesis doctoral en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.

Control del documento de actividades:

Una vez matriculado en el programa, también se materializará para cada doctorando el documento de actividades personalizado. En él se inscribirán todas las actividades que el Tutor haya considerado que debe realizar el doctorando, de entre las incluidas por las Comisión Académica en el plan de formación y una vez aprobadas por esta última. El documento de actividades será revisado anualmente por el Tutor y evaluado por la Comisión Académica responsable del Programa de Doctorado. La comisión académica del programa establecerá las modificaciones necesarias para los alumnos con necesidades educativas especiales a fin de adaptar el programa formativo y el documento de actividades y garantizar la adquisición de las competencias propias del nivel de doctorado.

Valoración anual del plan de investigación y del documento de actividades:

Antes de los seis primeros meses para alumnos a tiempo completo o de la finalización del primer año para alumnos a tiempo parcial (NOTA: El RD99/2011 y nuestra normativa dice que antes del primer año, en este documento se apuesta por acortar los plazos, pero queda en manos de los programas hacerlo o no), el doctorando presentará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa. El Plan de investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal. El Plan de investigación debe estar avalado por el Director de la tesis doctoral y aprobado por la Comisión Académica tras su exposición pública y defensa por parte del doctorando. Cada Programa regulará el procedimiento para esta defensa.

Anualmente, el alumno presentará un informe sobre el desarrollo de su Plan de Investigación, los avances conseguidos y las modificaciones realizadas. La Comisión Académica del Programa evaluará el Plan de investigación y el documento de actividades, junto con los informes que deberán emitir el Director y el Tutor. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto presentará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.

Previsión de las estancias del doctorando:

Como parte de las actividades formativas del doctorando, el programa asignará al mismo un número de estancias fuera de la Universidad de Granada del doctorando.

Compromiso documental de supervisión

El compromiso documental de supervisión del doctorando de la Universidad de Granada recoge los aspectos que se detallan a continuación:

- Objeto. El presente documento constituye un compromiso asumido por la propia Universidad, junto con el doctorando, su tutor y su director, por el que se establecen las funciones de supervisión de las tareas que habrán de llevarse a cabo con la finalidad de realizar la tesis doctoral por parte del doctorando.

- Colaboración. A tal efecto, el director de la tesis, el tutor, el doctorando y el Director de la Escuela de Doctorado a la que pertenece el Programa de Doctorado, en el ámbito de las funciones que a cada uno corresponden, se comprometen a establecer unas condiciones de colaboración que permitan la presentación del proyecto de tesis doctoral, su posterior elaboración y, finalmente, su defensa, de acuerdo con los procedimientos y los plazos que se hayan establecido en la normativa aplicable.

- Normativa. Los firmantes del presente compromiso declaran conocer la normativa general vigente reguladora de los estudios de doctorado y la específica de la Universidad de Granada y aceptan que las disposiciones contenidas en ellas rijan la tramitación y defensa de la tesis doctoral objeto del presente compromiso.

- Obligaciones del doctorando. El doctorando se compromete a desarrollar los estudios de doctorado y a llevar a cabo la investigación objeto del proyecto de tesis en el marco que establece la normativa aplicable, bajo la supervisión del Director y de acuerdo con las obligaciones que resultan del presente compromiso. En particular:

  • Realizar los complementos de formación que, en su caso, se hayan podido establecer, y que se concreta­rán en el anexo que acompaña a este documento.
  • Informar al Director regularmente de la evolución de su investigación, de los problemas que se le puedan plantear en su desarrollo y de los resultados obtenidos.
  • Seguir las indicaciones que sobre la labor de investigación le haga su Director de tesis.
  • Velar por el correcto uso de las instalaciones y del material que se le facilite con el objeto de llevar a cabo su actividad investigadora.
  • Dedicarse a la realización de la tesis doctoral a tiempo completo/parcial.
  • Someterse a la evaluación de la actividad realizada en el plazo previsto reglamentariamente.

- Obligaciones del director de la tesis. El director de tesis se compromete a supervisar y realizar con regularidad el seguimiento de la actividad investigadora que desarrolle el doctorando, facilitándole la orientación y el asesoramiento necesarios y procurando que el doctorando desarrolle su iniciativa y alcance autonomía en la tarea investigadora.

- Obligaciones del tutor de la tesis. El tutor de tesis se compromete a supervisar y realizar con regularidad el seguimiento de la actividad formativa que desarrolle el doctorando, facilitándole la orientación y el asesoramiento necesarios y procurando que el doctorando desarrolle su iniciativa y se integre en el Programa de Doctorado.

- Confidencialidad. El doctorando se obliga a mantener en secreto todos los datos e informaciones de carácter con­fidencial que el director de la tesis, el tutor o cualquier otro miembro del equipo investigador en que esté integrado, le proporcionen o revelen por cualquier medio, así como a emplear la información obtenida exclusivamente en la realización de la tesis doctoral.

Asimismo, el doctorando se obliga a no revelar ni transferir a terceros, ni siquiera en los casos de cambio en la di­rección de la tesis, información del trabajo ni materiales producto de la investigación, propia o del grupo, en que haya participado, sin haber obtenido, de manera expresa y por escrito, la autorización correspondiente del anterior Director de tesis o del tutor.

- Propiedad intelectual e industrial. El doctorando tendrá derecho a ser reconocido como titular de los derechos de propiedad intelectual o industrial que le puedan corresponder de acuerdo con la legislación vigente, y a figurar como coautor en todos los trabajos, sus artículos o comunicaciones en los que se expongan los resultados de la investigación en los que su aportación pueda considerarse sustancial y efectiva.

- Procedimiento de resolución de conflictos. En caso de presentarse algún conflicto derivado del incumplimiento de alguno de los extremos a los que se extiende el presente compromiso, o por alguna otra causa relacionada con la reali­zación de la tesis doctoral, incluida el cambio en la dirección de la Tesis, las partes acuerdan someterse a la decisión que adopte la Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente.

- Vigencia. Este documento produce efectos desde la fecha de su firma hasta la lectura de la tesis doctoral. Sin em­bargo, queda sin efecto en caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas previstas, así como también de la norma­tiva reguladora sobre los estudios de Doctorado de la Universidad de Granada.

Este documento estará firmado por el doctorando, director y codirectores (en su caso), así como por el Director de la Escuela de Doctorado correspondiente y se adjuntará al expediente del alumno.

En relación con la supervisión de las tesis la Universidad de Granada ha elaborado un documento sobre buenas prácticas para la dirección de tesis:

5.3 Normativa para la presentación y lectura de tesis doctorales:

Desde la Escuela Internacional de Posgrado se incluirá el siguiente texto:

Normativa para la presentación y lectura de Tesis Doctorales.

Las Normas Reguladoras de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada en su título Segundo detallan la normativa específica de la universidad para la presentación y lectura de tesis doctorales.

En el siguiente enlace se puede consultar la normativa: 

TITULO SEGUNDO: LA TESIS DOCTORAL  

CAPÍTULO I: LA TESIS DOCTORAL  

Artículo 18º. La tesis doctoral

 1. La tesis doctoral consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el candidato en cualquier campo del conocimiento que se enmarcará en alguna de las líneas investigación del Programa de Doctorado en el que está matriculado.

2. La tesis debe capacitar al doctorando para el trabajo autónomo en el ámbito de la I+D+i.

3. La tesis debe contar, al menos, con los siguientes contenidos: título, resumen, introducción, objetivos, metodología, resultados, conclusiones y bibliografía.

4. Una tesis doctoral puede también consistir en el reagrupamiento en una memoria de trabajos de investigación publicados por el doctorando en medios científicos relevantes en su ámbito de conocimiento.

Los artículos que configuren la tesis doctoral deberán estar publicados o aceptados con fecha posterior a la obtención del título de grado y del máster universitario, no podrán haber sido utilizados en ninguna tesis anterior y se deberá hacer mención a la Universidad de Granada a través de la afiliación del doctorando.

Si la publicación ha sido realizada por varios autores, además del doctorando, se debe adjuntar la declaración de los restantes autores de no haber presentado dicha publicación en otra tesis doctoral o la renuncia a hacerlo. Los coautores señalarán el trabajo del doctorando en los mencionados trabajos. En esta modalidad, la tesis debe tener además de los apartados mencionados en el punto anterior, los artículos que la componen, bien integrados como capítulos de la tesis o bien como un Anexo.

El Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente podrá establecer el número mínimo de artículos necesarios para presentar una tesis en esta modalidad y las condiciones adicionales sobre la calidad de los trabajos.

5. La tesis podrá ser escrita y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento. Si la redacción de la tesis se realiza en otro idioma, deberá incluir un amplio resumen en español.

 Artículo 19º: La tesis con Mención internacional

 1. El título de Doctor o Doctora podrá incluir en su anverso la mención «Doctor internacional», siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades han de ser avaladas por el Director y el Tutor, autorizadas por la Comisión Académica, y justificadas por la entidad de acogida, y se incorporarán al documento de actividades del doctorando.

b) Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y se haya presentado durante la defensa en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España.

Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.

c) Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española. Dichos expertos no podrán coincidir con el/los investigador/es que recibieron al estudiante y/o realizaron tareas de tutoría/dirección de trabajos en la entidad de acogida, ni podrán formar parte del tribunal que ha de juzgar la tesis doctoral.

d) Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

2. La defensa de la tesis ha de ser efectuada en la Universidad de Granada, y, en el caso de programas de Doctorado conjuntos, en cualquiera de las Universidades participantes, o en los términos que se indiquen en los convenios de colaboración.

Artículo 20º. La dirección de la tesis doctoral

 1. El Director de la tesis doctoral será el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades de investigación, del impacto y novedad en su campo de la temática de la tesis doctoral y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a los proyectos y actividades en los que se inscriba el doctorando.

2. Es requisito mínimo para ser Director o co-Director de una tesis tener reconocido al menos un periodo de investigación de acuerdo al Real Decreto 1086/1989. En el caso de ocupar una posición académica o administrativa en la que esto no sea de aplicación, deberá acreditar méritos equivalentes. La Comisión Académica de cada Programa podrá proponer criterios complementarios que requerirán de la aprobación del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente.

3. La tesis podrá ser codirigida por otros doctores cuando concurran razones de índole académica, previa autorización de la Comisión Académica y aprobación del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente. Dicha autorización y aprobación podrá ser revocada con posterioridad si a juicio de dicha Comisión la codirección no beneficia el desarrollo de la tesis.

4. El Director o directores de una tesis doctoral deberán formar parte del profesorado del programa, o ser profesores colaboradores externos al Programa admitidos por la Comisión Académica para la dirección de la tesis doctoral.

 Artículo 21º: La cotutela de la Tesis Doctoral

 1. La cotutela es un régimen que da lugar a la obtención del Título de Doctor por dos Universidades: la Universidad de Granada y una Universidad extranjera.

2. La cotutela solo podrá establecerse con una única Universidad extranjera en cada caso y con base en un Convenio específico firmado a tal efecto.   Artículo 22º. Presentación de la tesis doctoral

 1. Terminada la elaboración de la tesis doctoral, el doctorando podrá iniciar los trámites para su presentación en el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente, que es el encargado de dar la aprobación definitiva para la defensa de la tesis.

2. Para la presentación formal de la tesis será necesario:

a) Informe favorable del Director de la tesis, autorizando su presentación.

b) Informe favorable del Tutor del alumno.

c) Autorización de la defensa por parte de la Comisión Académica del Programa de Doctorado en el que se ha realizado la tesis.

d) Propuesta razonada de la Comisión Académica de al menos siete expertos en la materia que podrán formar parte del tribunal. Se adjuntará una memoria sobre la idoneidad de cada uno de ellos, indicando méritos equiparables a los requeridos para ser profesor de un Programa de Doctorado y que su experiencia investigadora está acreditada en la línea de investigación en la que se desarrolló la tesis o en otra que guarde afinidad con ella. En el caso de doctores de empresas o instituciones no universitarias ni de investigación, para que puedan participar en los tribunales de tesis se exigirá como mínimo que su actividad profesional esté relacionada con la I+D+i de la empresa.

e) En su caso, los documentos que avalen la Mención Internacional en el título de Doctor según lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.

3. Para garantizar, con anterioridad a su presentación formal, la calidad del trabajo desarrollado se aportará, al menos, una publicación aceptada o publicada en un medio de impacto en el ámbito de conocimiento de la tesis doctoral firmada por el doctorando, que incluya parte de los resultados de la tesis. La Comisión Académica es la responsable de valorar la adecuación e idoneidad de dicha publicación.

No obstante, cuando el resultado pudiera ser susceptible de protección industrial como consecuencia de una invención o modelo de utilidad, con el objeto de proteger la posible patente y con el fin de no destruir la novedad, se arbitrará un sistema diferente a la publicación para contrastar la evaluación externa de la calidad del trabajo.

Artículo 23º. Depósito y exposición pública de la tesis doctoral

 1. Una vez cumplidos los requisitos anteriores, el doctorando entregará en la secretaría de la Escuela Internacional de Posgrado dos ejemplares de la tesis, uno en papel (firmado por el director/es y tutor/es, y por el doctorando) y otro en formato electrónico, que quedarán en depósito y en exposición pública durante 15 días naturales.

El ejemplar en formato electrónico se entregará a la Biblioteca de la Universidad de Granada, que lo incorporará al repositorio digital de la Universidad para que pueda ser consultado por cuantos investigadores lo deseen; el ejemplar en papel quedará depositado en la Escuela Internacional de Posgrado.

Cuando la naturaleza del trabajo de tesis doctoral no permita su reproducción, como es el caso de patentes derivadas del trabajo realizado, el requisito de la entrega de ejemplares quedará cumplido con el depósito en la secretaría de la Escuela Internacional de Posgrado del original en papel y certificaciones del director, Comisión Académica y, en su caso, de los responsables de empresas implicadas en la patente.

2. Para depositar una tesis será necesario que haya transcurrido un mínimo de dos años desde la fecha de acceso al Programa de Doctorado. Se podrá solicitar motivadamente al Consejo Asesor de Doctorado o al Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente la exención de este plazo con el visto bueno del director, del tutor y de la Comisión Académica.

3. El Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente, en sesión plenaria, concederá o denegará el permiso para la defensa de las tesis, y remitirá la oportuna comunicación al Coordinador del Programa de Doctorado, quien, a su vez, la tramitará al alumno y director. Si, en vista de la documentación presentada no se autorizara la defensa de la tesis, deberá comunicarse por escrito al doctorando, al Director de la tesis y al Coordinador del Programa de Doctorado las razones de su decisión.

4. El Secretario del tribunal comunicará a la Escuela Internacional de Posgrado la fecha de la defensa de la tesis, que no podrá ser inferior a 15 días desde la  obtención del permiso por parte del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente.

5. El Secretario del tribunal comunicará a la comunidad universitaria a través de correo electrónico la fecha, lugar y hora del acto público de defensa de la tesis doctoral.

6. A los efectos del cómputo de plazos de las actuaciones relativas al depósito y exposición pública, no se tendrán en cuenta los periodos no lectivos del calendario académico.

7. Durante el periodo de exposición pública establecido en el artículo anterior, los doctores de la Universidad de Granada podrán remitir motivadamente las observaciones que estimen oportunas sobre el contenido de la tesis a la Escuela Internacional de Posgrado. Estas observaciones serán enviadas por escrito al doctorando, su director, su tutor, y al coordinador del programa, quien las hará llegar a la Comisión Académica.

8. En el caso de que algún doctor presentara alegaciones sobre el contenido de la tesis doctoral, será el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente el organismo encargado de estudiar dichas alegaciones y de tomar las medidas que estime oportunas. Las alegaciones serán remitidas al doctorando, director, Tutor y Coordinador del programa, quien las transmitirá a la Comisión Académica, quienes podrán aportar sus correspondientes informes a las alegaciones.

CAPÍTULO II: EVALUACIÓN Y DEFENSA DE LA TESIS DOCTORAL

 Artículo 24º: Acto de exposición y defensa

 1. El acto de exposición y defensa de la tesis tendrá lugar en sesión pública durante el periodo lectivo del calendario académico en las instalaciones de la Universidad de Granada. En caso de que se desee realizar la defensa fuera de ella, deberá ser autorizada por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente, debiéndose asegurar, en todo momento, el cumplimiento de las presentes Normas y de los procesos establecidos para su evaluación.

2. La defensa consistirá en la exposición oral por el doctorando de la labor realizada, la metodología, el contenido y las conclusiones, haciendo especial mención de sus aportaciones originales. Los doctores presentes en el acto público podrán formular cuestiones en el momento y forma que señale el presidente.

 Artículo 25º: El tribunal de la tesis doctoral

 1. El tribunal que evalúe la tesis doctoral estará compuesto por cinco miembros, que serán designados por el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente entre los siete miembros propuestos por la Comisión Académica del Programa. Los miembros no designados quedarán como suplentes. Uno de los miembros actuará como presidente, otro como secretario y los restantes como vocales. El Secretario del tribunal debe ser profesor doctor permanente de la Universidad de Granada.

2. El Director o los directores de la Tesis Doctoral y el Tutor no podrán formar parte del tribunal, salvo de las tesis presentadas en el marco de acuerdos bilaterales de cotutela con Universidades extranjeras que así lo tengan previsto.

3. La totalidad de los miembros que integren el tribunal deberá estar en posesión del título de Doctor y deberá acreditar su experiencia investigadora según se indica en el artículo 22 de estas Normas. El tribunal estará formado por al menos tres personas externas a la Universidad de Granada y que no estén adscritas al Programa de Doctorado en el que esté matriculado el doctorando.

4. El tribunal que evalúe la tesis dispondrá del documento de actividades del doctorando. Este documento de seguimiento no dará lugar a una puntuación cuantitativa, pero sí constituirá un instrumento de evaluación cualitativa que complementará la evaluación de la tesis doctoral.

5. Finalizado el acto de defensa y después de la deliberación de los miembros del tribunal y el debate sobre la calificación de la tesis, el secretario elaborará un informe conjunto del tribunal que recoja una descripción detallada de lo sucedido en la sesión de defensa de la tesis, la valoración conjunta del tribunal y una descripción del procedimiento seguido para la valoración de la tesis y su resultado. Finalmente, el Presidente del tribunal comunicará al candidato la calificación global concedida a la tesis en términos de «apto» o «no apto».

6. Los miembros del tribunal emitirán un voto secreto sobre la idoneidad, o no, de que la tesis obtenga la mención de «cum laude», que se obtendrá si se emite en tal sentido el voto positivo por unanimidad. El escrutinio de los votos se realizará por el personal de administración de la Escuela Internacional de Posgrado en la entrega de las actas correspondientes a la exposición y defensa de la tesis, debiendo estar presente el secretario del tribunal. El resultado se comunicará al doctorando, al Director de la tesis, al Tutor y al Coordinador del Programa de Doctorado.

7. Una vez aprobada la tesis doctoral, la Universidad se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá, en formato electrónico, un ejemplar de la misma así como toda la información complementaria que fuera necesaria al Ministerio de Educación a los efectos oportunos.

 Artículo 26º: Premio extraordinario

 1. La Universidad de Granada podrá otorgar, en cada curso académico y en cada uno de los campos de Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Artes y Humanidades, e Ingeniería y Arquitectura, un Premio Extraordinario de Doctorado por cada 12 Tesis leídas en el correspondiente campo.

2. En cada curso académico se otorgarán los premios extraordinarios a las tesis leídas en el curso correspondiente a dos cursos anteriores al precedente.

3. El requisito mínimo para optar al premio extraordinario es haber obtenido la mención de Cum Laude. También se tendrán en cuenta las valoraciones realizadas por el tribunal en el proceso de defensa de la tesis.

4. Para poder optar a dicho premio los interesados dirigirán la correspondiente solicitud a la Escuela Internacional de Posgrado, sumando a dicha solicitud la acreditación de requisitos y de méritos tales como las publicaciones derivadas de la tesis que hayan sido aceptadas en revistas de impacto en su ámbito, en editoriales de prestigio, o se hayan patentado resultados obtenidos en la misma.

5. Si en un curso académico no existiera el número mínimo de tesis requeridas en alguno de los campos, podrán otorgarse los premios el curso en el que, acumuladas las tesis de cursos anteriores, se alcance dicho número.

6. Los tribunales podrán declarar desiertos los premios, y no podrán acumularse a otros campos ni a otros cursos académicos.

6. Recursos humanos

6.1 Líneas de Investigación

El programa de doctorado debe venir avalado por un conjunto de investigadores que aseguren a priori la viabilidad del programa en cuanto a la formación de nuevos doctores.

En este apartado la institución responsable del programa de doctorado debe justificar la adecuación de los recursos humanos disponibles para el logro de los objetivos. Básicamente, debe describirse la actividad investigadora de los distintos equipos de investigación y de las personas ligadas al programa. En caso de programas de doctorado nuevos, que no provengan de ningún programa ya existente, la información será la de los equipos de investigación y personas que formarán parte de los mismos.

Debe enumerar las líneas de investigación del Programa de Investigación a continuación:

1 Denominación Línea 1
2 Denominación Líena 2
3

A su vez, ha de adjuntar un archivo con la descripción detallada de los equipos de investigación y reflejar una “Descripción de los Equipos de investigación” a continuación: .......................................................

6.2 Mecanismos de cómputo de la labor de autorización y dirección de la tesis:

Desde la Escuela Internacional de Posgrado se incluirá el siguiente texto:

Universidad de Granada

La labor de tutorización y dirección de tesis se considera una actividad académica del profesorado. Ambas labores, en el programa de doctorado “Física y Matemáticas”, se computarán de acuerdo con los siguientes mecanismos establecidos en la Universidad de Granada:

Tutor:

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, de fecha 31 de octubre de 2012, aprobó que la actividad de tutorización se reconocerá al profesorado de dos maneras:

1. Se incorporará la siguiente compensación en el Plan de Ordenación Docente:

Por cada doctorando sobre el que se ejerza la labor de tutorización se compensará al tutor o tutora hasta 0,1 créditos por cada curso académico, pudiendo aplicarse esta compensación durante los tres primeros cursos en los que el doctorando es tutorizado. Por este tipo de compensaciones se computarán como máximo 0,5 créditos por tutor o tutora y por curso académico. La introducción de la compensación, se realizará en el curso académico siguiente al que se ha ejercido la labor de tutorización.

2. Reconocimiento de la actividad: la actividad de tutorización se certificará para que tenga efecto en el Programa Docentia y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.

La actividad de tutorización se realizará de forma individual en el programa “Física y Matemáticas”. Excepcionalmente, un profesor podrá ejercer esta labor en pequeños grupos, previa autorización de la Comisión Académica.

Director:

La dirección de tesis se reconocerá al profesorado también en el Plan de Ordenación Docente y en el Programa de Evaluación de la Calidad Docente, como se indica a continuación:

1. El plan de ordenación docente de la Universidad de Granada 2012-2013 aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión ordinaria de 19 de marzo de 2012, y al igual que en cursos anteriores, establece el siguiente mecanismo de cómputo de la labor de dirección de tesis doctorales:

Por cada tesis doctoral dirigida y leída entre el 1 de mayo de 2011 y el 19 de abril de 2012 en un ámbito de conocimiento, se compensarán en el curso 2012-2013 hasta 1,5 créditos al director, o se distribuirán de forma equitativa entre los directores. Como máximo, se computarán 3 créditos por profesor o profesora y por curso académico.

2. Adicionalmente, la actividad de dirección de tesis se contabilizará en el  Programa de Evaluación de la Calidad Docente de la Universidad de Granada (DOCENTIA-UGR) y en otros programas o procesos que puedan considerarlo como un mérito.

7. Recursos materiales y apoyo disponible para los doctorandos

Justificación de que los medios materiales disponibles son adecuados.

Descripción de los recursos materiales y otros medios disponibles y previsión de recursos externos y de bolsa de viajes y del porcentaje de doctorandos que consiguen estas ayudas.

En este apartado hay que incluir información específica del programa relativa a Los recursos materiales disponibles. Se entiende por “medios materiales” aquellas infraestructuras, equipamientos y ayudas que resultan indispensables para el desarrollo del programa de doctorado (laboratorios, aulas para trabajo en grupo, bibliotecas incluidas las virtuales, equipamientos especiales, redes de telecomunicaciones, etc.). En función de la tipología, estos recursos materiales pueden ser muy diversos. Básicamente, la institución debe aportar la información sobre:

- Espacios para la ubicación y trabajo de los doctorandos;

- Laboratorios, equipos específicos y grandes equipamientos científico-técnicos;

- Infraestructura relativa a la documentación y acceso a la información (biblioteca, bases de datos, etc.), e

- Infraestructura de conectividad a la red.

Adicionalmente hay que comentar los recursos disponibles para financiar actividades formativas, seminarios, asistencias a congresos,… En relación a este punto recomendamos incluir información sobre los recursos que pone la Universidad de Granada a disposición de los programas de doctorado y/o alumnos de doctorado, en concreto:

-Movilidad de profesores y alumnos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

- Programa Erasmus Mundus II.

- Plan propio de la UGR.

- Plan de Internacionalización.

- Plan de financiación a programas de doctorando de la Escuela Internacional de Posgrado.

Ha de reflejar la información de éste apartado a continuación:

………………………………………………………………………………………………..

8. Revisión, mejora y resultados del programa

Para la cumplimentación de los apartados 8.1 Sistema de garantía de calidad y Estimación de Valores Cuantitativos, 8.2 Procedimiento para el seguimiento de los doctores egresados y el 8.3, Datos relativos a los resultados de los últimos 5 años y previsión de los resultados del programa, ha de facilitarnos junto a la información solicitada en cada apartado, el siguiente archivo :

8.1 Sistema de garantía de calidad y Estimación de Valores Cuantitativos

Estimación de valores cuantitativos:

Tasa de graduación %: ……..

Tasa de abandono % ……..

Tasa de eficiencia %: ……..

Estimación de valores cuantitativos:..............

Justificación de los indicadores propuestos: ...........

8.2 Procedimientos para el seguimiento de los doctores egresados:

Se debe describir el procedimiento que permita medir y analizar la inserción laboral de los futuros doctorandos. Se recomienda definir el método de recogida de información previsto, la frecuencia con la que se llevará a cabo y otros aspectos técnicos que se consideren relevantes.

Deberá cumplimentar la información referente a éste apartado a continuación: .........................................

Resumen de enlaces necesarios y relevantes para la cumplimentación de la memoria de modificación del Programa de Doctorado

En la página web de la Escuela Internacional de Posgrado (sección DOCTORADO), en el apartado normativa podrá encontrar la regulación sobre la “Normativa Universitaria aplicable a los alumnos matriculados en los programas verificados por el RD 99/2011.

y con el siguiente contenido, entre otros:

  -  TEXTO REFUNDIDO DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO Y DEL TÍTULO DE DOCTOR POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (aprobadas en Consejo de Gobierno de 2 de mayo de 2012 y modificadas en Consejo de Gobierno de 30 de octubre de 2013).

 -   Normas de Permanencia (Aprobadas en Comisión Permanente de Gobierno del Consejo Asesor de Escuelas de Doctorado en su sesión de 15/09/2014)

- Compromiso documental firmado por la universidad, la/el doctoranda/o, su tutor/a y su director/a en el que se establecen las funciones de supervisión de los/las doctorandos/as.

 -   Guía de buenas prácticas para la dirección y el seguimiento de las actividades formativas de la/del doctoranda/o y de su tesis doctoral.