La RESOLUCIÓN DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA DE 30 DE JUNIO DE 1995, POR LA QUE SE DICTAN NORMAS PARA LA FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA regula la devolución de precios públicos en los Títulos Propios de la Universidad de Granada. Dicha RESOLUCIÓN en su punto trece establece para las enseñanzas conducentes a títulos y diplomas propios de la Universidad de Granada, lo siguiente:
En estos estudios no se reconocerá exención, bonificación ni compensación de liquidación alguna de precios públicos, salvo lo dispuesto a continuación.
Procederá la devolución del importe de precios públicos efectivamente ingresados, en los siguientes supuestos:
- De oficio:
* Beca o ayuda propia al estudio, de la Universidad de Granada
* Compensación del importe de los precios, como consecuencia de la aportación de entidades, instituciones u organismos ajenos a esta Universidad
* Ayuda para precios de matrícula concedida por algún Departamento, Centro o Instituto Universitario, así como por algún Grupo, Proyecto o Contrato de Investigación, de la Universidad, previa transferencia de los precios compensados, con cargo a los mismos.
Si con posterioridad a tal anulación se produjese el ingreso o la aportación del documento justificativo del mismo, procederá la devolución del importe abonado.
- A instancia de la/del interesada/o: