Procedimiento de depósito de Tesis

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Procedimiento de depósito de Tesis

24/07/2024

Las Escuelas de Doctorado de la Universidad de Granada recuerdan a todos implicados (estudiantado y profesorado) en los Programas de Doctorado que, en aplicación del RD 576/2023 de 4 de julio, que modifica el RD 99/2011 de 28 de enero por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, el procedimiento de depósito de tesis se modifica para todas las tesis que inicien la solicitud de depósito en el curso académico 2024-25, esto es, desde el día 1 de Octubre de 2024.

La solicitud de depósito se acompañará de los documentos esenciales para el inicio del procedimiento (en el caso de mención internacional, además se incluirá su correspondiente solicitud y los documentos acreditativos), y en todos los casos, se presentará además la propuesta de hasta cuatro expertos externos a la Universidad de Granada y al Programa de Doctorado, que podrán posteriormente formar parte del Tribunal de la Tesis Doctoral. La Escuela Internacional de Posgrado recabará de dos expertos designados de entre los propuestos, sendos informes que podrán proponer mejoras a la Tesis Doctoral. Los expertos deben cumplir los mismos requisitos de idoneidad que los miembros de Tribunales. En caso de aspirar a mención internacional, ambos expertos deben estar adscritos a instituciones no españolas.

Recibidos los informes, la Comisión Académica del Programa de Doctorado correspondiente podrá realizar las siguientes acciones:

- Autorizar que prosiga el trámite del depósito.
- Conceder un plazo de un mes a la doctoranda o doctorando para responder y, en su caso, incluir las modificaciones pertinentes, si se considera una “revisión menor.”
- Conceder un plazo de tres meses a la doctoranda o doctorando para responder y, en su caso, incluir las modificaciones pertinentes, si se considera una “revisión mayor.”
- Rechazar el depósito.

En los casos de revisión, la doctoranda o doctorando deberá subir a la aplicación el nuevo documento de Tesis (tanto si lo modifica como si no lo hace) y, en su caso, la respuesta a los revisores externos. Cumplido este trámite, la Comisión Académica del Programa de Doctorado autorizará que prosiga el depósito y la defensa pública en los mismos términos que se realiza actualmente.

Es importante tener en cuenta que este procedimiento de revisión alargará, en algunos casos sustancialmente, los plazos actuales desde el inicio de solicitud de depósito hasta la fecha de defensa pública de la Tesis doctoral. Esto debe tenerse en cuenta a la hora de planificar el acto de la defensa, posibles contratos o actividades post-doctorales, etc.

Aplicación: Todas las tesis que hayan validado su solicitud de depósito con todos los documentos esenciales hasta el día 30 de septiembre de 2024, inclusive, lo harán con el sistema actual, a través de la aplicación “depósito de Tesis” tal como se viene haciendo hasta la fecha. El proceso no cambiará una vez iniciado.

Las tesis que inicien la solicitud de depósito desde las 00:00 horas del día 1 de octubre de 2024, lo harán a través de una nueva aplicación de “Depósito de Tesis” que requerirá únicamente los documentos mínimos para proceder a la designación de revisores externos e inicio del periodo de revisión.

Adicionalmente a esta comunicación, se realizará al menos una sesión de formación presencial dirigida a directoras y directores de tesis, así como a doctorandas y doctorandos que prevean solicitar el depósito y defensa de sus tesis a partir de octubre de 2024. Se informará con antelación suficiente de la fecha de esta formación.

Normativa aplicable: Real Decreto 576/2023, de 4 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Art 13. 2. Párrafo segundo:

La tesis contará con un mínimo de dos informes emitidos por personas doctoras expertas en la materia, externas a la universidad, que podrán proponer aspectos de mejora. Dichas personas expertas podrán formar parte del tribunal que evalúe la tesis. En función del contenido de dichos informes, la Comisión académica dará un plazo a la doctoranda o doctorando para responder y, en su caso, incluir las modificaciones pertinentes en la tesis doctoral antes de su depósito.

Disposición transitoria primera. Doctorandas y doctorandos que están cursando sus estudios de doctorado. A las doctorandas y los doctorandos que en la fecha de entrada en vigor de este real decreto hubiesen iniciado estudios de doctorado les serán de aplicación las disposiciones reguladoras del doctorado vigentes en el momento del inicio de dichos estudios. No obstante, el régimen relativo a tribunal, defensa y evaluación de la tesis doctoral previsto por el presente real decreto será aplicable a dichos estudiantes a partir del curso académico 2024-2025.