Se entiende por estudiante de intercambio a aquel estudiante que viene durante un mínimo de 3 meses a la Universidad de Granada en el marco de programas, acuerdos o convenios de intercambio de estudiantes suscritos entre su Universidad de origen y la Universidad de Granada. Estos acuerdos bilaterales se establecen con Universidades de países fuera del ámbito de la Unión Europea. (En el ámbito europeo los convenios normalmente son LLP-Erasmus). Para ser estudiante de intercambio el responsable de Relaciones Internacionales de la Universidad de origen ha tenido que nominar a los estudiantes seleccionados para participar en el programa de intercambio.