Plan de Investigación y Formación Doctoral

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Plan de Investigación y Formación Doctoral

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Tutor/a y Formación Doctoral

El alumnado matriculado en programas regulados por el RD 99/2011 debe realizar actividades formativas en función de su formación previa y de la oferta de actividades del programa de doctorado correspondiente.

El tutor/a es el/la responsable de la adecuación de la formación del/de la doctorando/a al principio de los programas. La comisión académica del programa asignará un/a tutor/a a cada doctorando/a una vez este/a haya formalizado su matrícula. Dicha asignación sólo puede recaer en un profesor propio del programa de doctorado.

Cada doctoranda/o dispondrá a través del Portal de Seguimiento Académico de Doctorandos acceso a su Documento de Actividades del Doctorando (DAD) personalizado. En él se inscribirán todas las actividades que el/la tutor/a haya considerado que debe realizar la/el doctoranda/o. El documento de actividades será periódicamente revisado por el/la tutor/a y evaluado por la comisión académica responsable del programa de doctorado.

La oferta de actividades formativas pueden ser organizadas por:

  1. Escuela Internacional de Posgrado.
  2. Programa de Doctorado (consulte la web del programa en cuestión).

Presentación del Plan de Investigación

Antes de la finalización del primer año, el doctorando presentará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa. El Plan de investigación deberá contener al menos un título provisional, los antecedentes del trabajo propuesto, la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal.

La primera propuesta de plan de investigación se presentará en la pestaña «Plan Investigación» del portal de seguimiento en el modelo que puede obtener en dicha pestaña. No estará activa la posibilidad de subir el plan de investigación si en la admisión se le establecieron complementos formativos.

Cada Programa de doctorado regula el procedimiento y los plazos para la defensa de sus planes de investigación. Anualmente, los programas de doctorado establecen las fechas para esta defensa. Las fechas para el acto de presentación, así como la fecha límite de presentación de los planes de investigación para ser incluidos en cada convocatoria de defensa se pueden consultar en la web del programa de doctorado.

El/la Director/a de Tesis

La Universidad de Granada asignará un/a director/a de tesis doctoral que será el/la máximo/a responsable en la conducción del conjunto de las tareas de investigación de la/del doctoranda/o.

Es requisito mínimo para ser director/a o co-director/a de una tesis tener reconocido al menos un periodo de investigación de acuerdo al Real Decreto 1086/1989. En el caso de ocupar una posición académica o administrativa en la que esto no sea de aplicación, deberá acreditar méritos equivalentes. La comisión académica de cada programa podrá proponer criterios complementarios que es necesario consultar con el propio programa.

En la siguiente dirección WEB se pueden encontrar los criterios actualizados de la CNAI.

Para ser director/a de tesis en programas de doctorado del Real Decreto 99/2011 se debe solicitar al programa correspondiente ser incluido como profesorado del programa o colaborador/a externo/a utilizando el modelo que puede obtener en este enlace.

Codirección de la tesis

La tesis podrá ser codirigida por otros/as doctores/as cuando concurran razones de índole académico, como puede ser el caso de la interdisciplinariedad temática o los programas desarrollados en colaboración nacional o internacional, previa autorización de la comisión académica. Dicha autorización podrá ser revocada con posterioridad si a juicio de la comisión académica la codirección no beneficia el desarrollo de la tesis.

La codirección por más de dos directores será excepcional, se admitirá tan solo en casos muy bien justificados y por razones como la interdisciplinariedad temática (los tres directores son de disciplinas diferentes) o los programas desarrollados en colaboración nacional o internacional (los tres directores son de centros diferentes). La codirección como director novel contemplada por algunos programas también deberá justificarse en el plan de investigación y no será acumulable a la codirección por interdisciplinariedad o colaboración nacional o internacional.

Vea normativa del CAED

  • PROCEDIMIENTO PARA INCLUIR A UN CODIRECTOR DE TESIS:

1. El programa de doctorado asignará inicialmente a uno de los directores firmantes del compromiso de supervisión aportado en la petición de admisión, si reúne los requisitos para ser director de tesis.

2. La propuesta de codirección se planteará al presentar el plan de investigación y tras la defensa del mismo ante la comisión evaluadora correspondiente, se incluirá en el expediente del doctorando.

3. Si el plan de investigación ya está defendido e informado favorablemente, igualmente se presentará el plan de investigación con o sin modificaciones al mismo. En este caso, el nuevo plan de investigación, se presentará en SOLICITUDES del PORTAL (TIPO SOLICITUD: CPLA - CAMPO TEXTO SIGUIENTE: Título de la tesis doctoral - En el modelo de impreso figura el apartado de «Codirección», en el que se justificará la necesidad de cada uno de los directores propuestos).

4. Si el director propuesto no es profesor del programa o colaborador, el doctorando presentará la solicitud de autorización para que el director propuesto sea profesor/colaborador del mismo, en SOLICITUDES del PORTAL DE SEGUIMIENTO (Tipo de Solicitud: PART). ((IMPRESO).. Importante: Este documento se presentará siempre que el plan de investigación se haya presentado.

5. Tras la defensa del plan de investigación, la comisión evaluadora correspondiente informará sobre la conveniencia de la codirección. La codirección tendrá que ser aprobada por el programa de doctorado y la Escuela de Doctorado correspondiente.

6. Las codirecciones planteadas a través del PORTAL DE SEGUIMIENTO, se enviarán al programa de doctorado, que determinará su viabilidad y si es necesaria una nueva defensa o no.

Cambios en la dirección de tesis

Plan de Investigación, su modificación en título, modificación parcial o total, cambio de dirección y/o codirección.

El plan de investigación se presentará a través del Portal de Seguimiento Académico de Doctorandos:

  • Como se ha indicado anteriormente, la primera vez que se presente, se realizará en la pestaña: PLAN DE INVESTIGACIÓN. Asimismo se presentará en esa pestaña cuando el primer plan de investigación ha sido rechazado y se presenta una nueva versión para proceder a su valoración.
  • Las sucesivas se realizarán en la pestaña de SOLICITUDES (modificación total o parcial del plan de investigación.Tipo de solicitud: CPLA - CAMPO TEXTO: Título de la tesis doctoral - En el modelo de plan de investigación consta un apartado donde se explicitará las razones para presentar una modificación del plan).

Se presentará el plan de investigación en los siguientes casos:

  • Una vez admitido/a definitivamente en el programa de doctorado correspondiente. Los/as doctorando/as matriculados en programas de doctorado del RD99/2011 presentaran antes de la finalización del primer año su plan de investigación a través del Portal de Seguimiento Académico de Doctorandos/as (al que puede acceder mediante el Acceso identificado de la Universidad de Granada) y será evaluado en los plazos que establezca el programa de doctorado.
Aquellos alumnos que han sido admitidos de forma condicional a la superación de determinada formación complementaria, no podrán subir el plan de investigación hasta que no esté acreditada la superación de la misma.
  • Cuando se modifique el plan de investigación total o parcialmente el vigente.
  • Cuando se propongan cambios en la dirección de tesis o codirección.
  • CASO PARTICULAR: En el caso de que el primer plan de investigación sea informado negativamente por la Comisión Académica del programa de doctorado, el doctorando tendrá un plazo de 6 meses para presentar y defender un nuevo plan de investigación. Este nuevo plan de investigación tendrá que presentarlo a través de la pestaña: PLAN DE INVESTIGACIÓN.

Código de Buenas Prácticas para la Dirección de Tesis Doctorales

El Consejo Asesor de Doctorado de la Universidad de Granada aprobó en su sesión del 19-09-2012 el siguiente Código de Buenas Prácticas para la Dirección de Tesis Doctorales.

Compromiso documental de supervisión

El artículo 14 de las Normas de Enseñanzas Oficiales de Doctorado y del Título de Doctor por la Universidad de Granada sobre la formación doctoral establece en el punto dos del citado artículo que:

La Universidad de Granada establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental firmado por la Universidad, el Doctorando, su Tutor y su Director. Este compromiso será rubricado después de la admisión e incluirá un procedimiento de resolución de conflictos y contemplar los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de programas de Doctorado

El Compromiso documental anterior se podrá descargar en el PORTAL DE SEGUIMIENTO ACADÉMICOS DE LOS DOCTORANDOS (Pestaña de PLAN DE INVESTIGACIÓN).

  • ¿Cuándo se presentará firmado por el doctorando / la doctoranda el compromiso documental de supervisión?

Se deberá entregar en el acto de de defensa si se ha propuesto un sólo director de tesis y el mismo ya aparece asignado en el portal de seguimiento.

La firma del director/a de la escuela NO será necesaria para la presentación del compromiso documental de supervisión, ya que esta se incluirá a posteriori.

  • Cualquier otra situación:

En la codirección o cambios en la dirección de tesis se tendrá que presentar el compromiso documental de supervisión después de que la dirección propuesta sea aprobada por la Escuela de Doctorado correspondiente y en el portal de seguimiento académico del doctorando aparezca dicho nombramiento.

En este caso, será impreso por el alumno el citado compromiso, recabando las firmas correspondientes. Remitirá el original a la Escuela Internacional de Posgrado para que una vez firmado por la Dirección de la Escuela de Doctorado correspondiente, se archive en su expediente.

La firma del director/a de la escuela NO será necesaria para la presentación del compromiso documental de supervisión, ya que esta se incluirá a posteriori.

Preguntas frecuentes

  • He presentado el plan de investigación y el título que he incluido en el campo texto no coincide con el incluido en el plan de investigación
Una vez enviado el plan a evaluación y haya sido informado por su director ya no se puede modificar el título de la tesis doctoral.
- Si no ha sido evaluado, usted puede revertir el envío del plan de investigación a evaluación (flecha a la derecha que se curva).
- Si el plan ha sido evaluado por su director de tesis o está en otra etapa de evalución anterior a la defensa del plan, solicite a doctoradoinformacion@ugr.es que el título incluido en el campo texto no coincide con el incluido en el pdf del plan de investigación.
- En el caso de querer cambiar el pdf del plan de investigación, ha sido evaluado por su director de tesis o está en otra etapa de evalución anterior a la defensa del plan, solicite a doctoradoinformacion@ugr.es información de cómo cambiar el pdf incluido inicialmente.
  • Al entrar en el portal de seguimiento se muestra este mensaje: «Sobrepasado tiempo sin subir plan de investigación»

Los estudiantes de doctorado tienen un año para presentar y defender el plan de investigación. Si este requisito no se ha cumplido, se incluye el anterior mensaje en el acceso al portal de seguimiento.

  • ¿Se puede solicitar presentar el plan de investigación fuera de plazo?

Se puede realizar dicha petición al programa de doctorado y en este caso tendrá que realizar dos solicitudes a través del portal de seguimiento:

1a. solicitud de poder presentar el plan de investigación fuera de plazo:

- Tipo de solicitud: OTRAS SOLICITUDES
- Texto: Se debe indicar que «Es una solicitud para presentar el plan de investigación que no se aportó en el plazo establecido por los motivos que se indica en el documento adjunto»
- Fichero adjunto: Fichero pdf que contiene el texto de los motivos para no presentar el plan de investigación.

2a. solicitud en la que se incluirá el plan de investigación:

- Tipo de solicitud: CAMBIOS EN EL PLAN DE TRABAJO: EN TEMÁTICA Y/O DIRECCIÓN DE TESIS.(Es la opción correcta aunque no sea un cambio del plan).
- Texto: Se indicará el título del plan de investigación.
- Fichero adjunto: Documento pdf con el contenido del plan de investigación.

Ambas solicitudes se enviarán al programa de doctorado para que valore la solicitud. En el caso de ser favorable, el plan de investigación se incorporará a la pestaña de PLAN del Portal de Seguimiento para que sea valorada por el director de tesis y se pueda iniciar el procedimiento de defensa del plan.

En el caso de que el informe sea desfavorable, se iniciará el procedimiento de anular la vinculación del doctorando a los estudios de doctorado.